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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 452-20

que integra el Directorio del Instituto para el Desarrollo del Suroeste

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 sept de 2020fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10989Gaceta Oficial del 16 sept de 2020
Poder Ejecutivoórgano
3personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Antonio Trinidad FerreraDesignaciónsubdirectorInstituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR)
Menni Lolin Cuevas GonzálezDesignaciónsubdirectorInstituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR)
Félix Manuel Beltré DíazDesignaciónsubdirectorInstituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR)

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Antonio Trinidad Ferrera · subdirector · Instituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR)

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 8 oct de 2020. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

  • Menni Lolin Cuevas González · subdirector · Instituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR)

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 8 oct de 2020. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otro decreto con este nombre →

  • Félix Manuel Beltré Díaz · subdirector · Instituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR)

    Declaración jurada: Presentada fuera de plazo · plazo hasta el 8 oct de 2020 · presentada el 1 dic de 2020 Coincidencia 99.7 %

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 452-20 que integra el Directorio del Instituto para el Desarrollo del Suroeste. Nombra a Antonio Trinidad Ferrera, Menni Lolin Cuevas González y Félix Manuel Beltré Diaz, subdirectores de dicho instituto. G. O. No. 10989 del 16 de septiembre de 2020. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 452-20 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: Artículo 1. Quedan designados miembros del Directorio del Instituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR): 1. Francisco Jiménez Reyes, en representación de la provincia Bahoruco, quien lo presidirá. 2. Máximo Florián Sierra, en representación de la provincia Independencia. 3. Ángel Darío Ramírez Ramírez, en representación de la provincia Azua. 4. Manuel Antonio Medina, en representación de la provincia Barahona. 5. Francisco Alberto Jiménez Sena, en representación de la provincia Pedernales. 6. Juan Adolfo Familia Beltré, en representación de la provincia San Juan. 7. Denny Mauro Olivero Encarnación, en representación de la provincia Elías Piña. Artículo 2. Antonio Trinidad Ferrera queda designado subdirector del Instituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR). Artículo 3. Menni Lolin Cuevas González queda designado subdirector del Instituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR). Artículo 4. Félix Manuel Beltré Díaz queda designado subdirector del Instituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR). Artículo 5. Envíese al Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD) y al Instituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR) para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020); año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona