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Decreto

Decreto 433-20

que deja sin efecto los decretos que nombraron funcionarios en el Departamento Aeroportuario, Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados, en la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo, así como de un secretario sin cartera y de un asesor de prensa del Poder Ejecutivo

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 sept de 2020fecha
Cese, renuncia o revocacióntipo
G. O. 10989Gaceta Oficial del 16 sept de 2020
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 433-20 que deja sin efecto los decretos que nombraron funcionarios en el Departamento Aeroportuario, Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados, en la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo, así como de un secretario sin cartera y de un asesor de prensa del Poder Ejecutivo. G. O. No. 10989 del 16 de septiembre de 2020. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 433-20 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: Artículo 1. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 379-11, del 13 de junio de 2011, mediante el cual se designó al señor José Eduardo Eloy Rodríguez subdirector del Departamento Aeroportuario con asiento en Santiago. Artículo 2. Queda derogado el artículo 5 del Decreto núm. 118-15, del 29 de abril de 2015, mediante el cual se designó al señor Nelson María Mateo Álvarez subdirector del Departamento Aeroportuario. Artículo 3. Queda derogado el artículo 6 del Decreto núm. 118-15, del 29 de abril de 2015, mediante el cual se designó al señor Lorenzo Mateo Cabral subdirector del Departamento Aeroportuario. Artículo 4. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 459-10, del 19 de agosto de 2010, mediante el cual se designó al señor Francisco de la Cruz subdirector del Departamento Aeroportuario, con asiento en Puerto Plata. Artículo 5. Queda derogado el Decreto núm. 97-11, del 2 de marzo de 2011, mediante el cual se designó al señor Carlos Antonio Cota Lama subdirector ejecutivo del Departamento Aeroportuario. Artículo 6. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 836-09, del 14 de noviembre de 2009, mediante el cual se designó al señor Miguel Andrés Balaguer Martínez subdirector del Departamento Aeroportuario, con asiento en la ciudad de Santiago de los Caballeros. Artículo 7. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 836-09, del 14 de noviembre de 2009, mediante el cual se designó al señor Julio Agustín Álvarez Taveras subdirector del Departamento Aeroportuario. Artículo 8. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 344-19, del 18 de octubre de 2019, que designó al señor Manuel Alsina de Castro ministro sin cartera para Políticas de Desarrollo. Artículo 9. Queda derogado el Decreto núm. 245-15, del 13 de agosto de 2015, que designó al señor Luis Rafael García asesor de prensa del Poder Ejecutivo. Artículo 10. Queda derogado el Decreto núm. 388-14, del 10 de octubre de 2014, que designó a la señora Martha Martínez subdirectora del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA). Artículo 11. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 429-08, del 1 de septiembre de 2008, que designó al señor Juan Ramón Cruz Ventura subdirector de Planificación de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD). Artículo 12. Envíese al Departamento Aeroportuario, al Ministerio Administrativo de la Presidencia, al Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA) y a la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD) para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al primero (1) del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020); año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona