Texto de la norma
Dec. No. 241-20 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G.
O. No. 10979 del 16 de julio de 2020.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 241-20
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para
cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio
de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral asegura no haber recibido, dentro del
plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido
por los interesados.
VISTA: Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus
modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1. Se autoriza a cambiar el nombre a las personas que se detallan a continuación:
1.
Felipa Eneria Mateo Mateo por el de NORMA MATEO MATEO.
2.
Glorina Olivero Féliz por el de GLORINA ELENA OLIVERO FÉLIZ.
3.
Hungría Ortiz García por el de JEFFERSON ORTIZ GARCÍA.
4.
Jesús Manuel Melenciano Florentino por el de JAVIER JOSÉ MELENCIANO
FLORENTINO.
5.
Azucena Winter Segura por el de MARÍA AZUCENA WINTER SEGURA.
Artículo 2. Envíese a la Junta Central Electoral para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de julio del año dos mil veinte (2020); año 177 de la
Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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