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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 212-20

que deroga el artículo 1 del Dec. No. 637-10, que designó a la señora Sonia Altagracia Vargas, como ministra consejera en la Misión Permanente de la

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 jun de 2020fecha
Cese, renuncia o revocacióntipo
G. O. 10977Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Sonia Altagracia VargasDeja sin efecto su designaciónministra consejeraMisión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y otros Organismos Internacionales, en Ginebra, Suiza,…

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 212-20 que deroga el artículo 1 del Dec. No. 637-10, que designó a la señora Sonia Altagracia Vargas, como ministra consejera en la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas y otro organismos internacionales, en Ginebra, Suiza, trasladada a la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de los Estados Americanos. G. O. No. 10977 del 15 de junio de 2020. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 212-20 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 637-10, del 15 de noviembre de 2010, mediante el cual fue designada la señora Sonia Altagracia Vargas como ministra consejera en la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y otros Organismos Internacionales, en Ginebra, Suiza, trasladada administrativamente a la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de los Estados Americanos (OEA). ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de junio del año dos mil veinte (2020); año 177 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona