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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 103-20

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACIÓN A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 mar de 2020fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 10974Gaceta Oficial del 16 mar de 2020
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 103-20 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 10974 del 16 de marzo de 2020. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 103-20 VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Barcelona (COOPBARCELONA), con su domicilio en la calle Pedro Henríquez Ureña, número 35, Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintisiete (27) de diciembre de dos mil diecinueve (2019). Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Empresarial Cibao Central (COOPCC), con su asiento en la calle Eusebio Manzueta, esquina Plaza El Café, modulo 102, Los Jardines Metropolitanos, Santiago, Republica Dominicana y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el diecisiete (17) de febrero de dos mil diecinueve (2019). Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Familiar Integral (COOPFAMIN), ubicada en la Avenida Nicolás de Ovando esquina Ortega y Gasset, número 421, Distrito Nacional, República Dominicana y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el diez (10) de noviembre de dos mil diecinueve (2019). Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de Pequeñas y Medianas Empresas del Norte (COOPYMEN), con su dirección en la Plaza Terranova, primer nivel, modulo 106, Estancia Nueva, Moca, provincia Espaillat, República Dominicana y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el diez (10) de agosto de dos mil diecinueve (2019). Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Cristiana para Emprendedores (COOPCPAEMPRE), con su domicilio en la calle 27 de Febrero, plaza Don Bolívar, Bonao, provincia Monseñor Nouel, República Dominicana y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintitrés (23) de julio de dos mil dieciséis (2016). Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples, Creer (COOPCREER), con su ubicación en la calle Antonio de la Maza, número 33, primer nivel, Moca, provincia Espaillat, República Dominicana y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintiuno (21) de febrero de dos mil dieciséis (2016). Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples “Estrella de Oriente 56” (COOPEORIENTE56), con su dirección en la calle Arzobispo Portes, número 554, Ciudad Nueva, Santo Domingo, República Dominicana y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el catorce (14) de diciembre de dos mil diecinueve (2019). Artículo 8. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de marzo del año dos mil veinte (2020); años 177 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona