Texto de la norma
Dec. No. 165-20 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G.
O. No. 10976 del 2 de junio de 2020.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 165-20
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para
cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio
de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral asegura no haber recibido, dentro del
plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido
por los interesados.
VISTA: Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus
modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
D E C R E T O:
Artículo l. Se autoriza a cambiar el nombre a las personas que se detallan a continuación:
l. Pura Ramos Vargas por el de ANA MARIA RAMOS VARGAS.
2. Colasa María Grullón por el de PLACIDA MARIA GRULLON.
3. Wendy Luis Pujols por el de BRAEL TINEO PUJOLS.
4. Los señores Mariely Esther Martínez Rosa y Ramón Espinal Lee padres del menor Melvin
Alexander Espinal Martínez autorizan a cambiar el nombre de su hijo por el de JESÚS
ALEXANDER ESPINAL MARTINEZ.
Artículo 2. Envíese a la Junta Central Electoral para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de mayo del año dos mil veinte (2020); año 177
de la Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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