Texto de la norma
Dec. No. 138-20 que dispone la extensión del horario del toque de queda de 5:00 p.m. a
6:00 a.m. establecido para todo el territorio nacional en virtud del Dec. No. 135-20, a
partir del viernes 27 de marzo 2020 hasta viernes 3 abril del año en curso. G. O. No.
10975 del 30 de abril de 2020.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 138-20
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 21-18, sobre regulación de los Estados de Excepción contemplados
por la Constitución de la República Dominicana, del 25 de mayo de 2018.
VISTA: La Resolución núm. 62-20, que autoriza al presidente de la República a declarar el
estado de emergencia en todo el territorio nacional de la República Dominicana, del 19 de
marzo de 2020.
VISTO: El Decreto núm. 134-20, mediante el cual el presidente de la República declara el
estado de emergencia en todo el territorio nacional de la República Dominicana, del 19 de
marzo de 2020.
VISTO: El Decreto núm. 135-20, del 20 de marzo de 2020, que establece un toque de queda
en todo el territorio nacional por un plazo de quince (15) días.
VISTO: El Decreto núm. 136-20, del 23 de marzo de 2020, que modifica el artículo 2 del
Decreto núm. 135-20 del 20 de marzo de 2020.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Se dispone la extensión del horario del toque de queda, establecido para todo
el territorio nacional en el Decreto núm. 135-20, del 20 de marzo de 2020, de 5:00 p.m. a
6:00 a.m. a partir del viernes 27 de marzo hasta el viernes 3 de abril del año en curso.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Defensa, al Ministerio de Interior y Policía y a la
Policía Nacional para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de marzo del año dos mil veinte (2020); año
177 de la Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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