Texto de la norma
Dec. No. 114-20 que dispone la entrega en extradición a los Estados Unidos de América,
del ciudadano dominicano Melvin Martinez, alias La Fuerza, alias Yo Mismo. G. O. No.
10974 del 16 de marzo de 2020.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 114-20
CONSIDERANDO: Que los Estados Unidos de América, mediante la Nota Diplomática
núm.236, del 18 abril de 2018, de su embajada en la República Dominicana, solicitó al
Gobierno dominicano, la entrega en extradición del nacional dominicano Melvin Martínez
alias La Fuerza alias Yo Mismo , por motivo del cargo que se le imputa en el acta de
acusación en el caso núm.CR16-00048 , también conocido como 16-CR-00048 del 28 de
enero de 2016, del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva
York, el cual es el siguiente:
Cargo 1: Asociación delictuosa para distribuir cinco kilogramos o más de una sustancia
que contenía cocaína en un lugar externo a los Estados Unidos, sabiendo y con la
intención de que dicha sustancia se importaría ilegalmente a los Estados Unidos, en
contravención de las secciones 963, 959 (a),959(c)960(a), y 960(b)(1)(B)(ii) del Título
21 del Código de los Estados Unidos.
CONSIDERANDO: Que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia fue apoderada de
la solicitud de extradición del nacional dominicano Melvin Martínez alias La Fuerza alias
Yo Mismo, por instancia del Procurador General de la República de fecha 20 de mayo de
2018.
CONSIDERANDO: Que en virtud del artículo 1, del Tratado de Extradición suscrito entre
el gobierno de la República Dominicana y el gobierno de los Estados Unidos de América,
promulgado mediante Resolución núm. 507-16, del 10 de junio del 2016, las Partes se
comprometieron a entregarse recíprocamente en extradición a las personas que sean
requeridas por la Parte Requirente a la Parte Requerida para su enjuiciamiento o para la
imposición o el cumplimiento de una sentencia condenatoria a pena privativa de libertad por
uno o varios de los delitos que dan lugar a la extradición.
CONSIDERANDO: Que en virtud del artículo 16 del Tratado de Extradición, la Parte
Requerida puede agilizar la transferencia de la persona reclamada a la Parte Requirente,
cuando esta consienta a la extradición o a un procedimiento de extradición simplificada, en
cuyo caso puede ser entregada con la mayor celeridad posible.
CONSIDERANDO: Que el procedimiento de extradición previsto en el Tratado también
aplica a solicitudes de extradición por delitos cometidos con anterioridad a su vigencia,
siempre que en la fecha de su comisión los hechos que motivaron la solicitud de extradición
tuvieran carácter de delito conforme a la legislación de ambas Partes.
CONSIDERANDO: Que la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de
Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, en su artículo 6, párrafos 1 y 2, incluye el
narcotráfico, tipificado en el artículo 3 de la Convención, entre las infracciones que dan lugar
a extradición, haciéndolo incluir en cualquier tratado de extradición vigente entre las Partes
de la Convención.
CONSIDERANDO: Que la asistencia internacional para la extradición del nacional
dominicano Melvin Martínez, alias La Fuerza, alias Yo Mismo, fue solicitada en
cumplimiento de las disposiciones de los artículos 160 y siguientes, de la Ley núm. 76-02,
del 19 de julio de 2002, Código Procesal Penal.
VISTA: La Resolución núm. 507-16, del 10 de junio del 2016, que aprueba el Tratado de
Extradición suscrito entre el gobierno de la República Dominicana y el gobierno de los
Estados Unidos de América.
VISTOS: Los artículos 160 y siguientes de la Ley núm. 76-02, que establece el Código
Procesal Penal, del 19 de julio de 2002.
VISTA: La Resolución núm. 7-93, del 30 de mayo del 1993, que aprueba la Convención de
las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128, de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Se dispone la entrega en extradición a los Estados Unidos de América, del
ciudadano dominicano Melvin Martínez, alias La Fuerza, alias Yo Mismo, por motivo del
cargo que se le imputa en el acta de acusación del caso núm.CR16-00048, también conocido
como 16-CR-00048, del 28 de enero de 2016, del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos
para el Distrito Este de Nueva York, el cual es el siguiente:
Cargo 1: Asociación delictuosa para distribuir cinco kilogramos o más de una sustancia
que contenía cocaína en un lugar externo a los Estados Unidos, sabiendo y con la
intención de que dicha sustancia se importaría ilegalmente a los Estados Unidos, en
contravención de las secciones 963, 959 (a),959(c)960(a), y 960(b)(1)(B)(ii) del Título
21 del Código de los Estados Unidos.
PÁRRAFO: Dicha entrega en extradición se dispone bajo la condición de que al ciudadano
dominicano Melvin Martínez, alias La Fuerza, alias Yo Mismo, bajo ninguna
circunstancia se le juzgará por una infracción diferente a las que motivan su extradición, ni
se le aplicará una pena mayor a la máxima establecida en la República Dominicana, que es
de treinta (30) años, ni la pena de muerte, en el caso de que se comprobare su culpabilidad,
respecto de las infracciones por las cuales se dispone su extradición y deberá ser juzgado.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Procuraduría General
de la República y a la Dirección General de Migración, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los once (11) días del mes de marzo del año dos mil vente (2020); año 177 de
la Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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