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Decreto

Decreto 62-20

que autoriza la emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias. Modifica el literal g), del art. 1 del Dec. No. 103-18

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 ene de 2020fecha
Otrostipo
G. O. 10970Gaceta Oficial del 7 feb de 2020
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 62-20 que autoriza la emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias. Modifica el literal g), del art. 1 del Dec. No. 103-18. G. O. No. 10970 del 7 de febrero de 2020. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 62-20 VISTA: La Ley núm. 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950. VISTO: Los oficios números MH-2020-000365 y MH-2020-000347, ambos del 7 de enero de 2020, dirigido al presidente de la República por el ministro de Hacienda. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se autoriza la emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, de acuerdo con las disposiciones técnicas siguientes: a) Denominación : “Centenario Gesto de Solidaridad Argentina con República Dominicana” Valor : RD$100.00 Cantidad : 20,000 ejemplares b) Denominación : “Ciudadano Ejemplar” Valor : RD$42.00 Cantidad : 20,000 ejemplares c) Denominación : “Abigail Mejía, Pionera del Sufragio Femenino” Valor : RD$100.00 Cantidad : 20,000 ejemplares d) Denominación : “Centenario Primer Censo Población y Vivienda” Valor : RD$100.00 Cantidad : 20,000 ejemplares ARTÍCULO 2. Se modifica el literal g) del artículo 1 del Decreto núm. 103-18, del 6 de marzo de 2018, para que en lo adelante se lea de la manera siguiente: g) Denominación : “América UPAEP, Animales Domésticos” Valor : RD$20.00 Cantidad : 40,000 ejemplares ARTÍCULO 3. Los sellos postales referidos en los artículos precedentes serán impresos bajo el procedimiento offset multicolor. ARTÍCULO 4. Para la indicada emisión se utilizará papel tropicalizado, engomado, de 56 gramos, sustancia 103 GM2. ARTÍCULO 5. El tamaño de cada uno de los sellos postales a que se refiere el presente decreto será determinado por la Comisión Oficial Filatélica. ARTÍCULO 6. Envíese al Ministerio de Hacienda, a la Tesorería Nacional, al Instituto Postal Dominicano y a la Comisión Oficial Filatélica para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de enero del año dos mil veinte (2020); año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona