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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 53-20

que nombra a los señores Apolinar Montero Batista y Luis Alberto Peláez Andino, vicecónsules de la República en Puerto Príncipe y Anse-á-Pitre, Haití, respectivamente

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 ene de 2020fecha
Designacióntipo
G. O. 10969Gaceta Oficial del 29 ene de 2020
Poder Ejecutivoórgano
4personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Apolinar Montero BatistaDesignaciónEn sustitución de Rafael María MendozavicecónsulConsulado de la República Dominicana en Puerto Príncipe, Haití
Rafael María MendozaSustituido en el cargovicecónsulConsulado de la República Dominicana en Puerto Príncipe, Haití
Luis Alberto Peláez AndinoDesignaciónEn sustitución de Efraín RodríguezvicecónsulConsulado de la República Dominicana en Anse-à-Pitre, Haití
Efraín RodríguezSustituido en el cargovicecónsulConsulado de la República Dominicana en Anse-à-Pitre, Haití

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Apolinar Montero Batista · vicecónsul · Consulado de la República Dominicana en Puerto Príncipe, Haití

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 23 feb de 2020. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otro decreto con este nombre →

  • Luis Alberto Peláez Andino · vicecónsul · Consulado de la República Dominicana en Anse-à-Pitre, Haití

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 23 feb de 2020. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 2 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 53-20 que nombra a los señores Apolinar Montero Batista y Luis Alberto Peláez Andino, vicecónsules de la República en Puerto Príncipe y Anse-á-Pitre, Haití, respectivamente. G. O. No. 10969 del 29 de enero de 2020. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 53-20 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1. El Dr. Apolinar Montero Batista queda designado vicecónsul en el Consulado de la República Dominicana en Puerto Príncipe, Haití, en sustitución del señor Rafael María Mendoza. ARTÍCULO 2. El señor Luis Alberto Peláez Andino queda designado vicecónsul en el Consulado de la República Dominicana en Anse-à-Pitre, Haití, en sustitución del señor Efraín Rodríguez. ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de enero del año dos mil veinte (2020); año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona