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Dec. No. 474-19 que modifica varios artículos y numerales de los decretos Nos. 193-93,
232-95, 242-97, 118-00, 782-04, 176-05, 303-05, 454-05, 236-06, 621-07, 722-09, 159-10,
238-10 y 707-10 y 133-13, que autorizaron a varios ayuntamientos a vender terrenos. G.
O. No. 10964 del 20 de diciembre de 2019.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 474-19
VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los
Municipios.
VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder
Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del
Distrito Nacional.
VISTO: El literal d), del numeral 3, del artículo 128 de la Constitución de la República, el
cual establece como atribución del Presidente de la República, en tanto jefe de Estado y de
Gobierno, autorizar o no a los ayuntamientos a enajenar inmuebles y aprobar o no los
contratos que hagan, cuando constituyan en garantía inmuebles o rentas municipales.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 9 de septiembre de 2017, del acta núm. 10-17, del
5 de septiembre de 2017, que aprueba la corrección de los decretos números 133-13, del 14
de mayo de 2013; 236-06, del 2 de junio de 2006; 782-04, del 9 de agosto de 2004; 159-10,
del 19 de marzo de 2010; 303-05, del 7 de mayo de 2005, y 176-05, del 21 de marzo de 2005.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 3 de mayo de 2018, del acta núm. 5-18, del 26 de
abril de 2018, que aprueba la corrección de los decretos números 193-93, del 9 de julio de
1993, y 118-00, del 15 de marzo de 2000.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 22 de noviembre de 2017, del acta núm. 6-15, del
21 de noviembre de 2015, que aprueba la corrección de los decretos números 232-95, del 12
de octubre de 1995, y 621-07, del 23 de octubre de 2007.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 22 de noviembre de 2017, del acta núm. 13-17, del
13 de noviembre de 2017, que aprueba la corrección del decreto núm. 232-95, del 12 de
octubre de 1995.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 31 de enero de 2018, del acta núm. 02-18, del 30
de enero de 2018, que aprueba la corrección del decreto núm. 454-05, del 19 de agosto de
2005.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 31 de julio de 2017, del acta núm. 01-16, del 14 de
enero de 2016, que aprueba la corrección del decreto núm. 242-97, del 16 de mayo de 1997.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Queda modificado el artículo 13 del decreto núm. 238-10, del 22 de abril de
2010, que autoriza a distintos ayuntamientos a vender varias porciones de terrenos, que fue
modificado mediante el artículo 9 del decreto núm. 133-13, del 14 de mayo de 2013, para
que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
ARTÍCULO 13. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a los señores Félix María Peralta Espinal y María Encarnación
Espinal de Peralta, titulares de la cédulas de identidad y electoral números [cédula]
y [cédula], respectivamente, por la suma de ciento treinta y cuatro mil seiscientos
sesenta y cuatro pesos dominicanos con 00/100 (RD$134,664.00), una porción de terreno
que mide ciento sesenta y ocho metros cuadrados punto treinta y tres decímetros cuadrados
(168.33 m2), ubicada dentro del solar municipal núm. 26, manzana núm. 15, dentro de la
parcela catastral núm. 129-L, D. C. núm. 6, municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. 25.
2. Al este, calle 13.
3. Al sur, solar municipal núm. 27.
4. Al oeste, solar núm. 33.
ARTÍCULO 2. Queda modificado el artículo 44 del decreto núm. 236-06, del 2 de junio de
2006, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
ARTÍCULO 44. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a la señora Ligia María Pezzotti Jorge, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de veintisiete mil quinientos cuarenta
y cinco pesos dominicanos con 00/100 (RD$27,545.00), una porción de terreno que mide
doscientos setenta y cinco metros cuadrados punto cuarenta y cinco decímetros cuadrados
(275.45 m2), ubicada en el solar municipal núm. 5 (parte sur), manzana municipal núm. 293,
dentro de la parcela catastral núm. 1-C-1 porción D, D. C. núm. 1, municipio Santiago de
los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. 5 (parte norte).
2. Al este, calle 4.
3. Al sur, solar municipal núm. 6.
4. Al oeste, calle Isabela.
ARTÍCULO 3. Queda modificado el artículo 18 del decreto núm. 782-04, del 9 de agosto
de 2004, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
ARTÍCULO 18. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender al señor Luis Arturo Velásquez Fernández, por la suma de
cuarenta y cinco mil trescientos treinta y tres pesos dominicanos con 60/100
(RD$45,333.60), una porción de terreno que mide trescientos cuarenta y un metros
cuadrados punto cero tres decímetros cuadrados (341.03 m2), solar municipal núm. 1092,
manzana núm. 63, designado solar catastral núm. 9, dentro de la manzana catastral núm.
56, del D. C. núm. 1, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los
siguientes linderos:
1. Al norte, solar municipal núm. 1091.
2. Al este, calle Benito Monción.
3. Al sur, propiedad del señor Eulogio Rivera.
4. Al oeste, propiedad señor Gilberto Tavárez.
ARTÍCULO 4. Queda modificado el literal “v” del artículo 1 del decreto núm. 193-93, del
9 de julio de 1993, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
v. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago,
a vender al señor Pablo de Jesús Morel Sánchez, titular de la cédula de identidad y electoral
núm. [cédula], por la suma de cincuenta mil setecientos ochenta y un pesos
dominicanos con 88/100 (RD$50,781.88), una porción de terreno que mide ochocientos doce
metros cuadrados punto cincuenta y un decímetros cuadrados (812.51 m2), solar municipal
núm. 285-3-N-15-B, en la manzana núm. 4, dentro de la parcela núm. 7-C-7-B-24, D. C.
núm. 8, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago.
ARTÍCULO 5. Queda modificado el numeral 1 del artículo 1 del decreto núm. 118-00, del
15 de marzo de 2000, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
1. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago,
a vender a la señora María Cabrera, por la suma de veintiocho mil ciento sesenta y cinto
pesos dominicanos con 20/100 (RD$28,165.20), una porción de terreno que mide doscientos
sesenta y ocho metros cuadrados punto veinticuatro decímetros cuadrados (268.24 m2),
designación municipal núm. 69-B-3-A-4, manzana municipal núm. 2, dentro de la parcela
núm. 212-M, D. C. núm. 6, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con
los siguientes linderos:
1. Al norte, solar municipal núm. 70-A-3.
2. Al este, Av. Salvador Estrella Sadhalá.
3. Al sur, solar municipal núm. 69-B-3-A-3.
4. Al oeste, solar municipal núm. 69-B-3-A-7.
ARTÍCULO 6. Queda modificado el numeral 112 del artículo 2, del decreto núm. 232-95
del 12 de octubre de 1995, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
112. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, a vender a la señora Ana Aridia Tavárez Mago, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. [cédula], por la suma de veintidós mil trescientos veinte pesos
dominicanos con 00/100 (RD$22,320.00), una porción de terreno que mide ciento ochenta y
seis metros cuadrados (186.00 m2), solar municipal núm. 285-3-X, manzana núm. 4, ubicado
dentro de la parcela núm. 7-C-7-B-25, D. C. núm. 8, municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, calle Las Mercedes.
2. Al este, solar municipal núm. 285-3-Y.
3. Al sur, solar municipal núm. 285-3-8.
4. Al oeste, solar municipal núm. 285-3-W.
ARTÍCULO 7. Queda modificado el artículo 20 del decreto núm. 159-10, del 19 de marzo
de 2010, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
ARTÍCULO 20. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a la señora Ana Lucía del Carmen Aybar Guzmán de Almonte,
titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de cincuenta
y un mil trescientos cuarenta y dos pesos dominicanos con 50/100 (RD$51,342.50), una
porción de terreno que mide doscientos cinco metros cuadrados punto treinta y siete
decímetros cuadrados (205.37 m2), solares municipales 6 y 7 ref. en 6, manzana núm. 119-
4, dentro de la parcela núm. 219, D. C. núm. 6, municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solares municipales números 9, 8, 10 y callejón.
2. Al este, solar municipal núm. 5.
3. Al sur, calle núm. 5 y callejón.
4. Al oeste, resto manzana núm. 119-4.
ARTÍCULO 8. Queda modificado el numeral 18 del artículo 1 del decreto núm. 454-05, del
19 de agosto de 2005, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
18. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, a vender a la señora Juana Gómez Tejada de Sánchez, por la suma de veintidós
mil setecientos cincuenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$22,750.00), una porción de
terreno que mide ochenta y ocho metros cuadrados punto cero siete decímetros cuadrados
(88.07 m2), solar municipal núm. 10, manzana núm. 4, dentro de la parcela núm. 7-C-7-B-
25, D. C. núm. 08, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los
siguientes linderos:
1. Al norte, solar municipal núm. 12.
2. Al este, solar municipal núm. 6.
3. Al sur, solar municipal núm. 10.
4. Al oeste, calle núm. 10.
ARTÍCULO 9. Queda modificado el numeral 18 del artículo 1 del decreto núm. 303-05 del
7 de mayo de 2005, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
18. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, a vender a la señora Leónidas Victoria Estévez de Pérez, por la suma de treinta y
siete mil quinientos ocho pesos dominicanos con 80/100 (RD$37,508.80), una porción de
terreno que mide doscientos veinte metros cuadrados punto sesenta y cuatro decímetros
cuadrados (220.64 m2), solar municipal núm. 16, manzana núm. 28-sur, dentro de la parcela
núm. 127-A-3, D. C. núm. 06, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con
los siguientes linderos:
1. Al norte, calle núm. 02.
2. Al este, solar municipal núm. 17.
3. Al sur, solares municipales números 1 y 2.
4. Al oeste, solar municipal núm. 15.
ARTÍCULO 10. Queda modificado el numeral 4 del artículo 1 del decreto núm. 176-05, del
21 de marzo de 2005, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
4. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago,
a vender al señor Fausto Félix González, por la suma de veintiún mil ochocientos setenta y
nueve pesos dominicanos con 00/100 (RD$21,879.00), una porción de terreno que mide
ciento dos metros cuadrados punto noventa y seis decímetros cuadrados (102.96 m2), solar
municipal núm. 5, manzana núm. 13, dentro de la parcela núm. 6-B-26, D. C. núm. 8,
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, calle núm. 7.
2. Al este, solar municipal núm. 6.
3. Al sur, calle núm. 7-A.
4. Al oeste, solar núm. 4.
ARTÍCULO 11. Queda modificado el numeral 9 del artículo 1 del decreto núm. 242-97, del
16 de mayo de 1997, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
9. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago,
a vender a la señora Josefa Milagros Carolina Santos Pimentel, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de trece mil quinientos veintiséis
pesos dominicanos con 80/100 (RD$13,526.80), una porción de terreno que mide doscientos
un metros cuadrados punto treinta y nueve decímetros cuadrados (201.39 m2), solar
municipal núm. 23, manzana núm. 3, dentro de la parcela núm. 7-C-7-B-25, D. C. núm. 8,
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, núm. 14.
2. Al este, solar municipal núm. 22.
3. Al sur, calle República de Argentina.
4. Al oeste, solar municipal núm. 24.
ARTÍCULO 12. Queda modificado el numeral 64 del artículo 2 del decreto núm. 232-95,
del 12 de octubre de 1995, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
64. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, a vender a los sucesores del señor Miguel Andrés Hiciano Hiciano, por la suma
de diecisiete mil doscientos cuarenta y tres pesos dominicanos con 20/100 (RD$17,243.20),
una porción de terreno que mide doscientos sesenta y cinco metros cuadrados punto
veintiocho decímetros cuadrados (265.28 m2), solar municipal núm. 2, manzana núm. 8,
dentro de la parcela núm. 6-B-45, D. C. núm. 8, municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, calle Proyecto.
2. Al este, solar municipal núm. 3.
3. Al sur, solar municipal núm. 24.
4. Al oeste, solares municipales números 28, 29 y 1.
ARTÍCULO 13. Queda modificado el artículo 16 del decreto núm. 621-07, del 23 de octubre
de 2007, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
ARTÍCULO 16. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender al señor Miguel Antonio Rosendo Sosa Amaro, titular de la
cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de cincuenta y dos mil
quinientos ochenta y dos pesos dominicanos con 50/100 (RD$52,582.50), una porción de
terreno que mide doscientos un metros cuadrados punto treinta y tres decímetros cuadrados
(201.33 m2), solar municipal núm. 29, manzana núm. 16, dentro de la parcela núm. 129-L,
D. C. núm. 6, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes
linderos:
1. Al norte, solar núm. 28.
2. Al este, calle 11.
3. Al sur, Av. Segunda.
4. Al oeste, calle 30.
ARTÍCULO 14. Queda modificado el artículo 19 del decreto núm. 707-10, del 15 de
diciembre de 2010, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
ARTÍCULO 19. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Dajabón, provincia Dajabón, a
vender a la señora María de la Cruz Castillo, por la suma de cuarenta y siete mil treinta y
seis pesos dominicanos con 25/100 (RD$47,036.25), una porción de terreno que mide
quinientos un metros cuadrados punto setenta y dos decímetros cuadrados (501.72 m2), solar
municipal núm. 4, manzana núm. 35, municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. 3.
2. Al este, calle Juan Pablo Duarte.
3. Al sur, Emilio Batista.
4. Al oeste, Miguel Jiménez.
ARTÍCULO 15. Queda modificado el artículo 11 del decreto núm. 722-09, del 29 de
septiembre de 2009, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
ARTÍCULO 11. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender al señor José de los Santos Pérez Castro, por la suma de treinta
y tres mil ochocientos ochenta y siete pesos dominicanos con 38/100 (RD$33,887.38), una
porción de terreno que mide ciento cincuenta y siete metros cuadrados punto diecinueve
decímetros cuadrados (157.19 m2), solar municipal núm. 1397, manzana núm. 95, solar
catastral núm. 23, manzana catastral núm. 158. D. C. núm. 1, municipio Santiago de los
Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar municipal núm. 1398.
2. Al este, solar municipal núm. 1401.
3. Al sur, solar municipal núm. 1396.
4. Al oeste, colle Pedro M. Hungría.
ARTÍCULO 16. Envíese a los ayuntamientos de los municipios Santiago de los Caballeros
y Dajabón, a los registradores de títulos de Santiago y Dajabón, y al Ministerio de Interior y
Policía, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los trece (13) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019);
año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.