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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 427-19

que modifica el numeral 11 del artículo 1 del Dec. No. 45-18. Declara de utilidad pública dos porciones de terrenos en Puñal, Santiago, propiedad del Colegio Carrusel, S.A., para ser destinadas a edificaciones escolares

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 nov de 2019fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 10963Gaceta Oficial del 16 dic de 2019
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 427-19 que modifica el numeral 11 del artículo 1 del Dec. No. 45-18. Declara de utilidad pública dos porciones de terrenos en Puñal, Santiago, propiedad del Colegio Carrusel, S.A., para ser destinadas a edificaciones escolares. G. O. No. 10963 del 16 de diciembre de 2019. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 427-19 VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943. VISTO: El decreto núm. 45-18 del 12 de enero de 2018. VISTO: El oficio remitido por el Ministerio de Educación, núm. OGI 1193.2019, del 1 de noviembre de 2019. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se modifica el numeral 11 del artículo 1 del decreto núm. 45-18, del 12 de enero de 2018, para que se lea de la manera siguiente: “11. La parcela núm. [cédula], con una extensión superficial de trece mil ciento treinta y siete punto ochenta y cinco metros cuadrados (13,137.85 m2), y la parcela núm. [cédula], con una extensión superficial de tres mil doscientos cincuenta y seis punto noventa y tres metros cuadrados (3,256.93 m2), ambas ubicadas en el municipio Puñal, provincia Santiago, amparadas por los certificados de títulos núms. 0200201201 y 0200201200, respectivamente, expedidos por el registrador de títulos de la provincia Santiago, a favor del COLEGIO CARRUSEL, S. A.”. ARTÍCULO 2. Envíese al director general de Bienes Nacionales, al abogado del Estado, al registrador de títulos de la provincia Santiago y al Ministerio de Educación para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve (2019), año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona