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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 421-19

que concede la naturalización dominicana ordinaria a varios extranjeros. Modifica el numeral 15 del artículo 1 del Dec. No. 780-01 y el numeral 11 del art. 1 del Dec. No. 506-09

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 nov de 2019fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 10961Gaceta Oficial del 2 dic de 2019
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 421-19 que concede la naturalización dominicana ordinaria a varios extranjeros. Modifica el numeral 15 del artículo 1 del Dec. No. 780-01 y el numeral 11 del art. 1 del Dec. No. 506-09. G. O. No. 10961 del 2 de diciembre de 2019. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 421-19 VISTA: La Ley núm. 1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones. VISTAS: Las instancias números 6656, del 20 de agosto de 2019; 6692, 6693, 6694, 6695, 6696, 6697, 6698, 6699, 6700 y 6701, del 22 de agosto de 2019; 6828 y 6829, del 27 de agosto de 2019, 7239, 7240, 7241, 7242, 7243, del 10 de septiembre de 2019 y 8290 del 22 de octubre de 2019, que por conducto del Ministerio de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana, a título de naturalización ordinaria, a las personas que se indican a continuación: 1. A la señora Myriam Jodar Gallardo, de nacionalidad francesa. 2. A la señora Svetlana Andreyevna Kulygina, de nacionalidad rusa. 3. A la señora Elena Igorevna Baryshnikova, de nacionalidad rusa. 4. A la señora Aliana Chappotin Ariosa, de nacionalidad cubana. 5. Al señor Davilson Guerrier, de nacionalidad haitiana. 6. Al señor Claudio Torri, de nacionalidad italiana. 7. Al señor Pedro Iván Marquez Merceron, nacionalidad cubana. 8. Al señor Yuberty Tafur Ordoñez, nacionalidad colombiana. 9. Al señor José Duván López Castro, de nacionalidad colombiana. 10. Al señor Marcus Jayson Spencer Jr., de nacionalidad estadounidense. 11. A la señora Karen Andrea Cardona Durango, de nacionalidad colombiana. 12. Al señor Luis Armando Silva Ortiz, de nacionalidad venezolana. 13. Al señor Arsenio Baena Manco, de nacionalidad colombiana. 14. A la señora Elena Rusinova y sus hijos menores de edad, Anastasiya Dmitrievna Rusinova y Daniil Dmitrievicv Rusinov, todos de nacionalidad rusa. 15. A los señores Elías Ricardo Harraka Bardakji y su esposa la señora Carmen Teresa Richi Zakra, ambos de nacionalidad venezolana, y su hija mayor de edad Mónica María Harraka Richi, de nacionalidad estadounidense. 16. A los señores Eliana Del Carmen Harraka Richi y su esposo el señor Pierre Ayoub Ahmar, ambos de nacionalidad venezolana, y a su hijo menor de edad Camil Elías Ayoub Harraka de nacionalidad estadounidense. 17. Al señor Román Alfredo Pevida Rosales, de nacionalidad cubana. 18. A los señores Rodrigo Medicis Maranhão Pimentel y a su esposa la señora Karina Ramos Duarte Guerra, ambos de nacionalidad brasileña. ARTÍCULO 2. Se modifica el numeral 15 del artículo 1 del Decreto núm. 780-01, del 20 de julio de 2001, para que en adelante se lea como sigue: 15. Ángela Torres Carrasco, de nacionalidad colombiana. ARTÍCULO 3. Se modifica el numeral 11 del artículo 1 del Decreto núm. 506-09, del 21 de julio de 2009, para que en adelante se lea como sigue: 11. Señora Lilia Madjikhingade, de nacionalidad rusa. ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Interior y Policía para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho (2019); año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona