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Decreto

Decreto 328-19

que autoriza a varios oficiales generales, superiores, subalternos y clases de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana, a aceptar y usar las condecoraciones, Cruz de Oro, Cruz de Plata, Medalla de Plata, Medalla de Operación Humanitaria, así como el Distintivo de la CFAC, otorgadas por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 sept de 2019fecha
Condecoracióntipo
G. O. 10956Gaceta Oficial del 1 oct de 2019
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 328-19 que autoriza a varios oficiales generales, superiores, subalternos y clases de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana, a aceptar y usar las condecoraciones, Cruz de Oro, Cruz de Plata, Medalla de Plata, Medalla de Operación Humanitaria, así como el Distintivo de la CFAC, otorgadas por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas. G. O. No. 10956 del 1 de octubre de 2019. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 328-19 VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero de 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos. VISTO: El Reglamento núm. 4157, del 4 de febrero de 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos y sus modificaciones. VISTOS: Los oficios números 0279, 0280, 0281, 0282 y 0284, del 28 de agosto de 2019, del mayor general Adán B. Cáceres Silvestre, ERD, jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial. VISTOS: Los oficios números 29671, 29672, 29673, 29674 y 29675, del 26 de agosto de 2019, del teniente general Rubén D. Paulino Sem, ERD, ministro de Defensa, dirigidos al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1. Se autoriza a aceptar y usar la “Cruz de Oro”, condecoración de primer grado otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC), a los siguientes miembros de las Fuerzas Armadas: a) Mayor general Estanislao Gonell Regalado, ERD, comandante general del Ejercito de República Dominicana. b) Vicealmirante Edmundo Néstor Martín Félix Pimentel, ARD, inspector general de las Fuerzas Armadas. c) Vicealmirante Emilio Recio Segura, ARD, comandante general de la Armada de República Dominicana. d) Mayor general piloto Richard Vásquez Jiménez, FARD, comandante general de la Fuerza Aérea de República Dominicana. ARTÍCULO 2. Se autoriza a aceptar y usar la “Cruz de Plata”, condecoración de segundo grado otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC), a los siguientes miembros de las Fuerzas Armadas: a) Coronel Rafael Vásquez Espínola, ERD. b) Coronel Freddy A. Marte Acosta, ERD. ARTÍCULO 3. Se autoriza a aceptar y usar la “Medalla de Plata”, condecoración de tercer grado otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC), a los siguientes miembros de las Fuerzas Armadas: a) General de brigada Manuel Salvador Nadal Rosa, ERD. b) General de brigada Francisco Radhamés Mones Fernández, ERD. c) General de brigada paracaidista Miguel Paulino Espinal, FARD. d) Coronel Nelton Baralt Blanco, ERD. e) Coronel Dante Luis Ovalle Lugo, ERD. f) Coronel César Mateo Ramírez, ERD. g) Capitán de navío Evangelista de la Cruz Arias, ARD. h) Capitán de navío José A. Contreras Desangles, ARD. i) Capitán de navío José Manuel Cabrera Ulloa, ARD. j) Capitán de navío Manuel Elías Rodríguez Medina, ARD. k) Teniente coronel Eleogildo A. Urbaez González, ERD. l) Capitán de fragata Juan Emilio Vallejo Balbuena, ARD. m) Capitán de corbeta Angelita Peña Azcona, ARD. n) Capitán William Jesús Rosario Peña, ERD. o) Capitán Omar Antonio Rivas García, ERD. p) Primer teniente Neyda Cuevas Santana, ERD. q) Primer teniente Jairo Turbí Jiménez, ERD. ARTÍCULO 4. Se autoriza a aceptar y usar la “Medalla de Operación Humanitaria de la CFAC”, condecoración otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC), a los siguientes miembros de las Fuerzas Armadas: a) Capitán de navío Fidel Camilo Durán Cepeda, ARD. b) Teniente coronel Julio Hernández Souffront, ERD. c) Mayor Manuel Arturo Peña Peralta, FARD. d) Mayor Henrry Vargas Santos, ERD. ARTÍCULO 5. Se autoriza a aceptar y usar el “Distintivo de la CFAC”, condecoración otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC), a los siguientes miembros de las Fuerzas Armadas: a) Coronel Freddy A. Marte Acosta, ERD. b) Capitán Juan Manuel Cruz, FARD. c) Primer teniente Willy José Ramírez Patricio, FARD. d) Primer teniente José Miguel González Mateo, ERD. e) Segundo teniente José Daniel Calzada Grullón, ERD. f) Segundo teniente Darío Enrique García Pérez, ERD. g) Sargento mayor Francisco Valdez Martínez, ARD. h) Sargento mayor Juan Miguel Durán Gil, FARD. i) Cabo Frederix Solis Medina, ERD. ARTÍCULO 6. Envíese al Ministerio de Defensa, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve (2019), año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona