Texto de la norma
Dec. No. 326-19 que autoriza al coronel Juan Antonio Bello Balaguer, P.N., a aceptar y
usar la condecoración Medalla Especial y su Cintillo con tres estrellas doradas,
otorgada por la Junta Interamericana de Defensa. G. O. No. 10956 del 1 de octubre de
2019.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 326-19
VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero de 1947, que reglamenta la obtención de cargos
públicos y extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos
dominicanos.
VISTO: El Reglamento núm. 4157, del 4 de febrero de 1947, sobre aceptación de
condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos y sus modificaciones.
VISTO: El oficio núm. 0255, del 5 de agosto de 2019, del mayor general Adán B. Cáceres
Silvestre, ERD, jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial.
VISTO: El oficio núm. 25565, del 31 de julio de 2019, del mayor general Ney Aldrin de
Jesús Bautista Almonte, PN, director general de la Policía Nacional, dirigido al presidente de
la República.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Se autoriza al coronel Juan Antonio Bello Balaguer, P.N., para que pueda
aceptar y usar la condecoración “Medalla Especial”, y su cintillo con tres estrellas doradas,
otorgada por la Junta Interamericana de Defensa.
ARTÍCULO 2. Envíese a la Policía Nacional, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve
(2019), año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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