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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 234-19

que modifica el art. 4 del decreto No. 258-16. Integra nuevamente la Comisión Presidencial del Programa República Digital, de la cual formarán parte el Consejo Nacional de Competitividad y el Ministerio de la Juventud

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 jul de 2019fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10946Gaceta Oficial del 5 jul de 2019
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 234-19 que modifica el art. 4 del decreto No. 258-16. Integra nuevamente la Comisión Presidencial del Programa República Digital, de la cual formarán parte el Consejo Nacional de Competitividad y el Ministerio de la Juventud. G. O. No. 10946 del 5 de julio de 2019. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 234-19 CONSIDERANDO: Que con el objetivo de promover y garantizar la productividad, el crecimiento económico y la reducción progresiva de la pobreza y la desigualdad social, el Gobierno creó y puso en marcha el Programa República Digital. CONSIDERANDO: Que el Programa República Digital tiene como objetivo promover la inclusión de las tecnologías de la información y la comunicación en los procesos productivos, educativos, gubernamentales y de servicio a los ciudadanos. CONSIDERANDO: Que para seguir fortaleciendo dicho programa, así como su impacto y alcance social, es necesaria la integración del Consejo Nacional de Competitividad y del Ministerio de la Juventud en la Comisión Presidencial de República Digital. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTO: El Decreto núm. 258-16, que crea el Programa República Digital, para promover la inclusión de las tecnologías de información y comunicación en los procesos productivos, educativos, gubernamentales y de servicios a los ciudadanos, del 16 de septiembre de 2016. En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1. Se modifica el artículo 4 del Decreto núm. 258-16, del 3 de octubre de 2016, para que diga y se lea de la manera siguiente: “Artículo 4. La Comisión Presidencial del Programa República Digital estará integrada de la siguiente manera: a. El Ministerio de la Presidencia, quien la presidirá b. La Vicepresidencia de la República c. El Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes d. El Ministerio de Educación e. El Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología f. El Ministerio de Administración Pública g. El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) h. La Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y la Comunicación (OPTIC) i. La Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) j. El Consejo Nacional de Competitividad (CNC) k. El Ministerio de la Juventud” ARTÍCULO 2. Se mantienen vigentes las demás disposiciones del Decreto núm. 258-16, del 16 de septiembre de 2016, que no hayan sido modificadas por el presente decreto. ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de la Presidencia, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de julio del año dos mil diecinueve (2019); años 176 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona