Texto de la norma
Dec. No. 163-19 que deroga el numeral 7 del artículo 1 del Dec. No. 305-18, que
declaró de utilidad pública e interés social, una porción de terreno de 4,300.00 M²,
dentro de la parcela No. 713, D.C. No. 4, municipio Tamboril, provincia Santiago,
propiedad de la familia Rodríguez Reyes. G. O. No. 10941 del 10 de mayo de 2019.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 163-19
VISTO: El decreto núm. 305-18, del 6 de agosto de 2018, que declara de utilidad pública e
interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintas
partes del país, para ser utilizadas en la construcción de aulas.
VISTA: La Ley núm. 344, del 29 de julio de 1943, sobre Procedimiento de Expropiación, y
sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se deroga el numeral 7 del artículo 1 del decreto núm. 305-18, del 6 de agosto
de 2018, que declaró de utilidad pública e interés social una porción de terreno con una
extensión de 4,300.00 m2 dentro de la parcela núm. 713, Distrito Catastral núm. 4, en el
municipio Tamboril, provincia Santiago, provista del certificado de título matrícula núm.
0200114572, emitido a favor de Ángela Altagracia Rodríguez Reyes, Olga Bernardita
Rodríguez Reyes, Manuel Tomás Rodríguez Reyes, Josefina Antonio Rodríguez Reyes y
Juan Antonio Rodríguez Reyes por el registrador de títulos de Santiago.
Artículo 2. Envíese al director general de Bienes Nacionales, al abogado del Estado, al
registrador de títulos de Santiago y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de abril del año dos mil
diecinueve (2019), año 176 de la Independencia y 156 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.