Texto de la norma
Dec. No. 144-19 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G.
O. No. 10940 del 22 de abril de 2019.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 144-19
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para
cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de
julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral asegura no haber recibido, dentro del
plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido
por los interesados.
VISTA: Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus
modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se autoriza a cambiar el nombre a las personas que se detallan a continuación:
1.
María Justina Lara Peralta, por el de JUSTINA LARA PERALTA.
2.
Nercida Altagracia Durán Díaz, por el de NEREIDA ALTAGRACIA DURAN
DÍAZ.
3.
Heliberta Uribe Guzmán, por el de HELY URIBE GÚZMAN.
4.
Julio Calcaño Croz, por el de FELIPE CALCAÑO CROZ.
5.
Lucía Viola López, por el de LUISA VIOLA LOPEZ.
6.
La señora Llany Elisabel de la Cruz Encarnación autoriza a cambiar el nombre de su
hijo menor Leidys Nicaurys de la Cruz, por el de ANEUDY MIGUEL DE LA
CRUZ.
7.
Lucía María Vásquez Acosta, por el de LUZ MARÍA VÁSQUEZ ACOSTA.
8.
Sixta Rodríguez Cabrera, por el de SIXTA ALTAGRACIA RODRÍGUEZ
CABRERA.
9.
Ángel Adames Lantígua, por el de ÁNGEL MARÍA ADAMES LANTIGUA.
10.
Félix
Alcántara
Alcántara,
por
el
de
JUAN
FELIPE
ALCÁNTARA
ALCÁNTARA.
11.
Braulina Hernández Bautista, por el de
BRAUDELINA HERNÁNDEZ
BAUTISTA.
12.
Santa Clarivel Pérez Rivas, por el de CLARIVEL PÉREZ RIVAS.
13.
Felicia Mesa Encarnación, por el de GISELA MESA ENCARNACIÓN.
14.
Dominga Lucia Uribe Castillo, por el de LUCIA URIBE CASTILLO.
15.
Catherine Meareie Piña Recio, por el de CATHERINE MARIE PIÑA RECIO.
16.
Ambioris Roberto Sabino Alcántara, por el de AMBIORIS ALBERTO SABINO
ALCÁNTARA.
Artículo 2. Envíese a la Junta Central Electoral, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los quince (15) días del mes de abril del año dos mil diecinueve (2019); año
176 de la Independencia y 156 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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