Texto de la norma
Dec. No. 102-19 que autoriza una emisión de sellos especiales de Impuestos Internos
para los fines de la Ley No. 3-19, que crea el Colegio de Abogados de la República
Dominicana. G. O. No. 10935 del 18 de marzo de 2019.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 102-19
VISTA: La Ley núm. 2461, del 18 de julio de 1950, sobre Especies Timbradas.
VISTO: El oficio núm. 1657, del 5 de abril de 2017, dirigido al presidente de la República
por el ministro de Hacienda, mediante el cual solicita la impresión de estampillas para
fósforos.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Se autoriza la siguiente impresión de sellos especiales de Impuestos
Internos para los fines de la Ley núm. 3-19, del 24 de enero de 2019, que crea el Colegio de
Abogados de la República Dominicana:
10,000,000 (diez millones) de sellos del tipo de RD$50.00, numerados del 001 al
10,000,000.
ARTÍCULO 2. La impresión de este tipo de sellos se hará en papel satinado engomado de
seguridad calibre #60 libras color blanco, impresión a 3 colores frontal que son: color
pantone #1655C, y fibrillas visibles roja y azul, impresión fluorescente rojo de seguridad
#143132G con logo del Colegio de Abogados de la República Dominicana, perforación
milimétrica de aguja en salto, tamaño 30x40cm., y numeración alfa numérica secuencial.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Hacienda y al Tesorero Nacional, para su
conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los catorce (14) días del mes de marzo del año dos mil diecinueve (2019);
año 176 de la Independencia y 156 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.