miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 436-18

que concede la naturalización dominicana ordinaria a varios extranjeros. Modifica el numeral 5 del artículo 1 del Dec. No. 76-17 y los numerales 3 y 12 del artículo 1, del Dec. No. 138-18

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 dic de 2018fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 10925Gaceta Oficial del 14 dic de 2018
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 436-18 que concede la naturalización dominicana ordinaria a varios extranjeros. Modifica el numeral 5 del artículo 1 del Dec. No. 76-17 y los numerales 3 y 12 del artículo 1, del Dec. No. 138-18. G. O. No. 10925 del 14 de diciembre de 2018. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 436-18 VISTA: La Ley núm. 1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones. VISTAS: Las instancias números 2042, del 15 de marzo de 2018; 3926, del 15 de mayo de 2018; 2740, 2741 y 2742, del 9 de abril de 2018; 3107, 3117, 3118, 3119 y 3145, del 20 de abril de 2018; 3434 y 3435, del 1 de mayo de 2018; 3514, del 3 de mayo de 2018; 3630, del 7 de mayo de 2018; 7330 y 7335, del 15 de agosto de 2018; 7591, del 22 de agosto de 2018; 9145 del 25 de septiembre de 2018; 9727, del 11 de octubre de 2018; 10103, 10104, 10105, 10106, 10107 y 10108, del 23 de octubre de 2018; que, por conducto del Ministerio de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana, a título de naturalización ordinaria, a las personas que se indican a continuación: 1. A la señora Aura María Gómez García, de nacionalidad colombiana. 2. Al señor Andrés Ignacio Rivas Pérez, a su esposa la señora María Guadalupe Ayala Baralt y a sus hijos menores de edad María Fabiana Rivas Ayala y Andrés Enrique Rivas Ayala, todos de nacionalidad venezolana. 3. Al señor Carlos Alfredo García Silva y a su esposa la señora Yecenia Josefina Perdomo González, ambos de nacionalidad venezolana. 4. Al señor Alain Jean Jacques Giraud Rajat y a su esposa la señora Christine Annick Renee Pacaud Padiou, ambos de nacionalidad francesa. 5. Al señor Claudio Francescato Simonutti y a su esposa la señora Roberta Barbini Zane, ambos de nacionalidad italiana. 6. Al señor William Fernando Ovalle Triana y a su esposa la señora Luz Stella Valencia, ambos de nacionalidad colombiana. 7. A la señora Ana María Olle Borque, de nacionalidad española. 8. A la señora Tatiana Flores Infante, de nacionalidad cubana. 9. Al señor Domingo Legua Rudilla, de nacionalidad española. 10. A la señora Ángela María Arrieta Díaz, de nacionalidad colombiana. 11. A la señora Lilian Xiomara Ordoñez Moreno, de nacionalidad hondureña. 12. A la señora Olivia Betancourt Betancourt, de nacionalidad venezolana. 13. Al señor José Manuel Ortega Cohen, a su esposa la señora María José García Espinosa y a sus hijos menores de edad, Manuel Ignacio Ortega García y José Andrés Ortega García, todos de nacionalidad venezolana. 14. Al señor Marcos Antonio Nieto Caballero, de nacionalidad cubana. 15. Al señor Giorgio Rando, de nacionalidad italiana. 16. Al señor Aleksei Viacheslavovich Nikitin, de nacionalidad rusa. 17. Al señor Víctor Ángel Soto Roa, de nacionalidad estadounidense. 18. A la señora Licia Natalina Colombo, de nacionalidad italiana. 19. A la señora Sureyna Guerra Esperón, de nacionalidad cubana. 20. Al señor Robert Basil Ierullo Battye, de nacionalidad canadiense. 21. Al señor David Eugene Rentzel y a su esposa la señora Liudmyla Merkusheva, el primero de nacionalidad estadounidense y la segunda de nacionalidad ucraniana. 22. Al señor Víctor Manuel Curiel Herrera, de nacionalidad venezolana. ARTÍCULO 2. Se modifica el numeral 5 del artículo 1 del Decreto núm. 76-17, del 24 de marzo de 2017, para que en adelante se lea como sigue: 5. Al señor José Manuel Farré Español, de nacionalidad española, a su esposa la señora Sonia Anita Motte-Mulliez, de nacionalidad francesa, a su hija mayor de edad Noemi Farré Motte, y a su hija menor de edad, Sarah Farré Motte, ambas de nacionalidad española. ARTÍCULO 3. Se modifica el numeral 3 del artículo 1 del Decreto núm. 138-18, del 28 de marzo de 2018, para que en adelante se lea como sigue: 3. Al señor Diego Armando Cando Velásquez, y a su esposa la señora Olga Maritza Santillán Córdova, ambos de nacionalidad ecuatoriana. ARTICULO 4. Se modifica el numeral 12 del artículo 1 del Decreto núm. 138-18, del 28 de marzo de 2018, para que en adelante se lea como sigue: 12. Al señor Carlos Manuel Romero Ávila, a su esposa la señora Carolina Soraida Coy Troncoso y a sus hijos menores de edad María José Romero Coy y Felipe Andrés Romero Coy, todos de nacionalidad colombiana. ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho (2018); año 175 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona