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Decreto

Decreto 37-19

que autoriza al coronel piloto Néstor I. Acosta Dominici, F.A.R.D., a aceptar y usar la condecoración “Medalla de Legión al Mérito Confraternidad Área Interamericana”, en su Clase Oficial, la cual le fue otorgada por el director general del Servicio Nacional Aeronaval de Panamá

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 ene de 2019fecha
Condecoracióntipo
G. O. 10930Gaceta Oficial del 30 ene de 2019
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 37-19 que autoriza al coronel piloto Néstor I. Acosta Dominici, F.A.R.D., a aceptar y usar la condecoración “Medalla de Legión al Mérito Confraternidad Área Interamericana”, en su Clase Oficial, la cual le fue otorgada por el director general del Servicio Nacional Aeronaval de Panamá. G. O. No. 10930 del 30 de enero de 2019. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 37-19 VISTA: La Ley núm.1325, del 13 de enero de 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos. VISTO: El Reglamento núm.4157, del 4 de febrero de 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos y sus modificaciones. VISTO: El oficio núm.0010, del 10 de enero de 2019, del mayor general Elvis M. Feliz Pérez, FARD, asesor militar terrestre, naval y aéreo del Poder Ejecutivo. VISTO: El oficio núm. 240, del 8 de enero de 2019, del teniente general Rubén D. Paulino Sem, ERD, ministro de Defensa, dirigido al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se autoriza al coronel piloto Néstor I. Acosta Dominici, FARD, a aceptar y usar la condecoración “Medalla de Legión al Mérito Confraternidad Aérea Interamericana”, en su clase oficial, otorgada por el director general del Servicio Nacional Aeronaval de Panamá. ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Defensa, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de enero del año dos mil diecinueve (2019), año 175 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona