Mostrar el texto (37,196 caracteres)
Dec. núm. 14-19 que concede aumentos y pensiones del Estado a varios empleados
públicos. G. O. No. 10928 del 14 de enero de 2019.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 14-19
VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13
de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones
Civiles del Estado.
VISTO: El oficio núm. 2730, del 7 de agosto de 2018, dirigido al presidente de la
República por el director general de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda,
donde solicita las pensiones por antigüedad en el servicio, por discapacidad y aumento a las
pensiones de varios servidores públicos.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado
dominicano por antigüedad en el servicio a los siguientes servidores públicos:
1.
Andrés María Beltré, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de siete mil ciento setenta y tres pesos dominicanos con 33/100 (RD$7,173.33)
mensuales.
2.
Antonio Alejandro Valerio Jiménez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta mil cuatrocientos sesenta y siete pesos
dominicanos con 41/100 (RD$30,467.41) mensuales.
3.
Aquilino de la Cruz Emiliano, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100
(RD$5,117.50) mensuales.
4.
Arcadio Madé Salvador, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de quince mil seiscientos noventa y siete pesos dominicanos con 50/100
(RD$15,697.50) mensuales.
5.
Bertilio Jacobo Utate García, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de diecisiete mil novecientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100
(RD$17,940.00) mensuales.
6.
Bienvenido Rocha Moquete, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
7.
Bienvenido Romero Julián, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
8.
Danilo Nica, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de
cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales.
9.
Eduardo García, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto
de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
10.
Elisa Adames de Calderón, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
11.
Elsa Peña Peña, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto
de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,940.00)
mensuales.
12.
Felicia Altagracia Alcántara, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
13.
Félix Gómez Boné, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
14.
Francisco López, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto
de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
15.
Geovani Presbot Castillo, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
16.
Geraldo Canario, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto
de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
17.
Guillermo González Féliz, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
18.
Humberto de la Cruz Jiménez Jiménez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta mil ochocientos diecisiete pesos dominicanos con
31/100 (RD$30,817.31) mensuales.
19.
Ignacio Martínez García, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
20.
Jesús Santana, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de
cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales.
21.
Jorge de León Figuereo, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
22.
Juan Abreu Santos, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de veintiún mil quinientos ochenta y dos pesos dominicanos con 90/100
(RD$21,582.90) mensuales.
23.
Juan Calderón, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de
cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales.
24.
Juan Antonio Moreta, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
25.
Juan Antonio Santana, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
26.
Juan Francisco Madé, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
27.
María Reyes Peguero, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de veintidós mil setecientos veintiún pesos dominicanos con 13/100
(RD$22,721.13) mensuales.
28.
María Josefina Díaz Corporán, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100
(RD$5,117.50) mensuales.
29.
Marta Virginia Féliz Féliz, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
30.
Miguel Érvido Peralta, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
31.
Miladis Hilario de Rodríguez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100
(RD$5,117.50) mensuales.
32.
Milcíades Apolinar Pujols Pujols, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de veinticuatro mil doscientos veintinueve pesos dominicanos con
34/100 (RD$24,229.34) mensuales.
33.
Nércida Petronila Castellanos Veras, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con
50/100 (RD$5,117.50) mensuales.
34.
Nércido Severino, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto
de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
35.
Omar Javier Jiménez Holguín, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de veinticinco mil cincuenta y cinco pesos dominicanos con 59/100
(RD$25,055.59) mensuales.
36.
Pascual Reyes Santana, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
37.
Pedro Martínez Hernández, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
38.
Pedro Medina Ramírez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
39.
Rafael Fajardo Encarnación, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
40.
Rosa Arelis Piña Caminero, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
41.
Silverio Torres, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de
cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales.
42.
Tulio Benjamín Montalvo Francisco, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de siete mil novecientos sesenta y un pesos dominicanos
con 07/100 (RD$7,961.07) mensuales.
43.
Víctor Pérez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de
cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales.
44.
Abel José Medina Ogando, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100
(RD$40,940.00) mensuales.
45.
Agustín Belén Reyes, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
46.
Agustina Cuello de Paniagua, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de cinco mil doscientos noventa y tres pesos dominicanos con 38/100
(RD$5,293.38) mensuales.
47.
Altagracia Pérez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto
de cinco mil doscientos noventa y tres pesos dominicanos con 38/100 (RD$5,293.38)
mensuales.
48.
Altagracia Ramona Sánchez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de cinco mil trescientos siete pesos dominicanos con 61/100 (RD$5,307.61)
mensuales.
49.
Ambiorix Wilfredo de Núñez Jiménez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de veintisiete mil quinientos veintidós pesos dominicanos
con 36/100 (RD$27,522.36) mensuales.
50.
América Urbáez Sierra, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de seis mil dieciocho pesos dominicanos con 88/100 (RD$6,018.88)
mensuales.
51.
Ana Virginia Pérez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto
de
catorce
mil
quinientos
noventa
pesos
dominicanos
con
02/100
(RD$14,590.02) mensuales.
52.
Ángela Amarilis García Merejo, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de veinticuatro mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$24,000.00)
mensuales.
53.
Ángela del Rosario Guerrero Méndez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta mil setenta y un pesos dominicanos con 20/100
(RD$30,071.20) mensuales.
54.
Angelmida Cubilete, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de dieciséis mil ochocientos noventa y cinco pesos dominicanos con 30/100
(RD$16,895.30) mensuales.
55.
Antonio Mercedes Guzmán, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de ocho mil novecientos ochenta y dos pesos dominicanos con 08/100
(RD$8,982.08) mensuales.
56.
Bárbara Victoria Asencio Piñeyro, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100
(RD$5,117.50) mensuales.
57.
Belén Rosario Martínez de Ramírez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de catorce mil cincuenta y nueve pesos dominicanos con
59/100 (RD$14,059.59) mensuales.
58.
Bélgica Rosa Medina Núñez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de quince mil ciento dieciocho pesos dominicanos con 09/100
(RD$15,118.09) mensuales.
59.
Blanca Aurora Silvestre Suazo, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de catorce mil seiscientos cuarenta pesos dominicanos con 02/100
(RD$14,640.02) mensuales.
60.
Blasina Fabián Adames, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100
(RD$40,940.00) mensuales.
61.
Brígida Agustina Ventura Ruiz García, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta y cinco mil setecientos diez pesos dominicanos
con 52/100 (RD$35,710.52) mensuales.
62.
Calletano de Jesús Lorenzo, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
63.
Carmen Mota de Florián, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de nueve mil ochocientos diecinueve pesos dominicanos con 00/100
(RD$9,819.00) mensuales.
64.
Carmen Altagracia Ovalles de Brea, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de dieciséis mil trescientos ochenta y cinco pesos
dominicanos con 60/100 (RD$16,385.60) mensuales.
65.
Carmen Margarita Medina Peña, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100
(RD$40,940.00) mensuales.
66.
César Augusto Bespin del Carmen, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos
con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales.
67.
Cristino Gil, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de
cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales.
68.
Cruz María Araujo Araujo de Alba, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de dieciséis mil seiscientos treinta pesos dominicanos con
76/100 (RD$16,630.76) mensuales.
69.
Daniel Eduardo, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto
de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
70.
Daniel Altagracia Casado Sánchez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento veintinueve pesos dominicanos con
60/100 (RD$5,129.60) mensuales.
71.
Demetrio Corporán Peguero, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de nueve mil seiscientos setenta y tres pesos dominicanos con 01/100
(RD$9,673.01) mensuales.
72.
Diego Rafael Díaz Sánchez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de veintinueve mil ochocientos sesenta y cuatro pesos dominicanos con
76/100 (RD$29,864.76) mensuales.
73.
Digna María Nolasco Sosa, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de seis mil doscientos treinta y nueve pesos dominicanos con 19/100
(RD$6,239.19) mensuales.
74.
Diógenes Lora Gerardo, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto
de
treinta
mil
ochocientos
trece
pesos
dominicanos
con
22/100
(RD$30,813.22) mensuales.
75.
Dominga Palacio, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto
de dieciséis mil trescientos ochenta y cinco pesos dominicanos con 60/100
(RD$16,385.60) mensuales.
76.
Eduardo Cuevas, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto
de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
77.
Élida Gómez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de
siete mil doscientos treinta y cinco pesos dominicanos con 40/100 (RD$7,235.40)
mensuales.
78.
Emelinda del Carmen Bautista Reyes, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de diecisiete mil cuatrocientos pesos dominicanos con
00/100 (RD$17,400.00) mensuales.
79.
Epifanio Ozoria, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto
de seis mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales.
80.
Fermín Taveras Batista, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto
de
veintiún
mil
ochocientos
sesenta
pesos
dominicanos
con
18/100
(RD$21,860.18) mensuales.
81.
Fernando Augusto García Bodden, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta y cuatro mil trescientos noventa pesos
dominicanos con 57/100 (RD$34,390.57) mensuales.
82.
Fidel Silvestre Montaño, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
83.
Flora María Mata Vargas, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de quince mil quinientos cuarenta y cinco pesos dominicanos con 91/100
(RD$15,545.91) mensuales.
84.
Francisca Altagracia Gomérez Mena, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos
con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales.
85.
Francisca Altagracia Taveras de Peña, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de ocho mil novecientos veinticinco pesos dominicanos con
00/100 (RD$8,925.00) mensuales.
86.
Francisca Aurora de los Ángele Santos de Camilo, cédula de identidad y electoral
núm. [cédula], por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos
dominicanos con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales.
87.
Francisco Mercado, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de treinta y cuatro mil ochocientos veintisiete pesos dominicanos con 64/100
(RD$34,827.64) mensuales.
88.
Gabriel Montero Bautista, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de quince mil quince pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,015.00)
mensuales.
89.
Genoveva Cabrera Josefa, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de diecinueve mil novecientos setenta y seis pesos dominicanos con 04/100
(RD$19,976.04) mensuales.
90.
Gerardo Antonio Céspedes, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
91.
Gerónimo Jiménez Belliard, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de siete mil quinientos ochenta y nueve pesos dominicanos con 60/100
(RD$7,589.60) mensuales.
92.
Héctor Barigne Jiménez Féliz, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de diecisiete mil seiscientos noventa y dos pesos dominicanos con
00/100 (RD$17,692.00) mensuales.
93.
Hilda Antonia Vargas de la Cruz de Pérez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de dieciséis mil novecientos veintisiete pesos dominicanos
con 52/100 (RD$16,927.52) mensuales.
94.
Hipólito Cabrera Durán, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de doce mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales.
95.
Jorge Alejandro Gómez Perera, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de treinta y nueve mil trescientos veintiséis pesos dominicanos con
78/100 (RD$39,326.78) mensuales.
96.
José Alfonso Collado Calderón, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100
(RD$40,940.00) mensuales.
97.
José Antonio Suero, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto
de
treinta
mil
trescientos
veinte
pesos
dominicanos
con
19/100
(RD$30,320.19) mensuales.
98.
Josefa Almonte de Bonilla, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de trece mil setecientos cuarenta pesos dominicanos con 03/100
(RD$13,740.03) mensuales.
99.
Josefina Altagracia Collado Álvarez de Quiñones, cédula de identidad y electoral
núm. [cédula], por un monto de treinta y un mil ciento treinta y tres pesos
dominicanos con 69/100 (RD$31,133.69) mensuales.
100. Juan Antonio Flete Flete, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cuarenta mil ciento nueve pesos dominicanos con 11/100 (RD$40,109.11)
mensuales.
101. Juan Bautista Núñez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de seis mil cuarenta y nueve pesos dominicanos con 57/100 (RD$6,049.57)
mensuales.
102. Juan Bautista Buenaventura Espaillat Fernández, cédula de identidad y electoral núm.
[cédula],
por
un
monto
de
cuarenta
mil
novecientos
cuarenta
pesos
dominicanos con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales.
103. Julio Áníbal Arias Terrero, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de treinta y cinco mil setecientos treinta y siete pesos dominicanos con
96/100 (RD$35,737.96) mensuales.
104. Julio Arsenio Figueroa Toribio, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de treinta y dos mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$32,000.00)
mensuales.
105. Lidia del Rosario de León Azcona, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos
con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales.
106. Luis María Crispín Soto, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de veintisiete mil quinientos setenta y cuatro pesos dominicanos con 54/100
(RD$27,574.54) mensuales.
107. Luz Margarita Mateo Astacio, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de treinta mil ochocientos cuarenta pesos dominicanos con 39/100
(RD$30,840.39) mensuales.
108. Maira Francisca Fernández, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de veintiséis mil seiscientos cincuenta y ocho pesos dominicanos con
07/100 (RD$26,658.07) mensuales.
109. Manuel Martínez Peralta, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto
de
siete
mil
trescientos
cincuenta
pesos
dominicanos
con
00/100
(RD$7,350.00) mensuales.
110. Manuel Antonio Guzmán Reyes, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de treinta y cuatro mil ciento treinta pesos dominicanos con 25/100
(RD$34,130.25) mensuales.
111. Manuel Antonio Tejeda, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil seiscientos setenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$5,670.00)
mensuales.
112. Margarita del C de Jesús Gómez de Minaya, cédula de identidad y electoral núm.
[cédula], por un monto de once mil quinientos setenta y nueve pesos
dominicanos con 03/100 (RD$11,579.03) mensuales.
113. Margarita Rosa Martínez Martínez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de trece mil novecientos treinta y ocho pesos dominicanos
con 19/100 (RD$13,938.19) mensuales.
114. María de los Ángeles Féliz, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de seis mil ciento cinco pesos dominicanos con 00/100 (RD$6,105.00)
mensuales.
115. María Iluminada Heredia Natera, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de quince mil novecientos veintinueve pesos dominicanos con 36/100
(RD$15,929.36) mensuales.
116. Marta Beatriz Cuevas Hiciano, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100
(RD$5,117.50) mensuales.
117. Marta Irene de Jesús Monegro, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por
un
monto
de
nueve
mil
ochocientos
pesos
dominicanos
con
00/100
(RD$9,800.00) mensuales.
118. Melanio Santos, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto
de seis mil trescientos catorce pesos dominicanos con 00/100 (RD$6,314.00)
mensuales.
119. Mercedes Ramona Molina Matos de Féliz, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de veinticuatro mil ciento sesenta y nueve pesos
dominicanos con 58/100 (RD$24,169.58) mensuales.
120. Milagros del Carmen Bello Morel, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de veintiocho mil novecientos sesenta y dos pesos dominicanos con
00/100 (RD$28,962.00) mensuales.
121. Mirella Gómez Cruz, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de ocho mil cuatrocientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$8,400.00)
mensuales.
122. Modesta Peguero Mena, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
123. Moisés López Collado, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de veintitrés mil seis pesos dominicanos con 18/100 (RD$23,006.18)
mensuales.
124. Ovidio del León, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto
de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
125. Radamés Montás Ortiz, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de dieciséis mil quinientos cuarenta y seis pesos dominicanos con 67/100
(RD$16,546.67) mensuales.
126. Rafael Gerardo Williams de la Cruz, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de doce mil quinientos cincuenta y ocho pesos dominicanos
con 00/100 (RD$12,558.00) mensuales.
127. Rafael Gilberto Ortiz de los Santos, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos
con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales.
128. Rafael Salvador Pellerano Pérez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de treinta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$35,000.00)
mensuales.
129. Ramón Pichardo, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto
de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,940.00)
mensuales.
130. Ramón Antonio Concepción Concepción, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento treinta y tres pesos dominicanos con
33/100 (RD$5,133.33) mensuales.
131. Ramona Altagracia Encarnación Hernández, cédula de identidad y electoral núm.
[cédula],
por
un
monto
de
veintisiete
mil
ochocientos
veinte
pesos
dominicanos con 04/100 (RD$27,820.04) mensuales.
132. Reyna Isabel Rodríguez de Pérez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de diecisiete mil doscientos cuatro pesos dominicanos con 80/100
(RD$17,204.80) mensuales.
133. Roberto Ureña Rodríguez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de cinco mil seiscientos noventa y dos pesos dominicanos con 20/100
(RD$5,692.20) mensuales.
134. Roger Viola Suero, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de seis mil quinientos dieciocho pesos dominicanos con 20/100 (RD$6,518.20)
mensuales.
135. Rosa Herminia Mateo Matos, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de trece mil setecientos noventa y un pesos dominicanos con 68/100
(RD$13,791.68) mensuales.
136. Rosa Miriam Nolasco de Rodríguez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de dieciocho mil ochocientos pesos dominicanos con
00/100 (RD$18,800.00) mensuales.
137. Salvador Calderón, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil quinientos cincuenta y cuatro pesos dominicanos con 50/100
(RD$5,554.50) mensuales.
138. Salvador Emilio González, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de treinta y cinco mil ciento noventa y cuatro pesos dominicanos con
44/100 (RD$35,194.44) mensuales.
139. Saturnino Hernández Méliz, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
140. Serbio Moreta, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de
seis mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales.
141. Sonia Altagracia Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de seis mil trescientos catorce pesos dominicanos con
00/100 (RD$6,314.00) mensuales.
142. Teodora Reyes, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de
cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,940.00)
mensuales.
143. Teófilo María Gutiérrez Castro, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100
(RD$5,117.50) mensuales.
144. Verónica Adames Rosario, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de veintiocho mil treinta y ocho pesos dominicanos con 73/100
(RD$28,038.73) mensuales.
145. Víctor Manuel Castillo Cabrera, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de doce mil doscientos cincuenta pesos dominicanos con 00/100
(RD$12,250.00) mensuales.
146. Victoriana Castro Portorreal, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un monto de catorce mil cuatrocientos treinta y siete pesos dominicanos con 50/100
(RD$14,437.50) mensuales.
147. Willian Diaz, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de
cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales.
148. Xiomara Altagracia Mojica, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
un
monto
de
quince
mil
novecientos
seis
pesos
dominicanos
con
81/100
(RD$15,906.81) mensuales.
ARTÍCULO 2. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado
dominicano por discapacidad a las siguientes personas:
1.
Cristina Mendoza Castro, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de diez mil quinientos setenta y cuatro pesos dominicanos con 40/100
(RD$10,574.40) mensuales.
2.
Jesús Núñez Guzmán, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil doscientos noventa y tres pesos dominicanos con 38/100
(RD$5,293.38) mensuales.
3.
Matías Mercedes, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto
de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
4.
Octavio Rivas Ramírez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
5.
José Selmo Ortega, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de trece mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$13,000.00) mensuales.
ARTÍCULO 3. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado
dominicano a las siguientes personas:
1.
Nicolás Jesús Tejada, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de seis mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales.
2.
Marcial Eduardo Santana Sosa, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de siete mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$7,000.00) mensuales.
3.
Ovidia García Sánchez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de siete mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$7,000.00) mensuales.
4.
Ángela Pérez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de
diez mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales.
5.
Rosa Hilda Martínez C de Cabreja, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$7,000.00)
mensuales.
6.
Amable Nelson Perdomo Pérez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por un monto de ocho mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$8,000.00) mensuales.
7.
María Eduviges del Carmen Quezada de González, cédula de identidad y electoral
núm. [cédula], por un monto de veintinueve mil doscientos treinta y cuatro
pesos dominicanos con 80/100 (RD$29,234.80) mensuales.
8.
Ramona Brito Céspedes, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de siete mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$7,000.00) mensuales.
9.
María Elena Adón, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un
monto de nueve mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$9,000.00) mensuales.
10.
Atanacio Pozo, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de
ocho mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$8,000.00) mensuales.
ARTÍCULO 4. Se elevan las pensiones asignadas por el Estado dominicano a las
siguientes personas:
1.
A la suma de siete mil ciento sesenta y ocho pesos dominicanos con 33/100
(RD$7,168.33) mensuales a favor de Fermina Jiménez Valerio, cédula de identidad y
electoral núm. [cédula].
2.
A la suma de nueve mil cuatrocientos sesenta y cinco pesos dominicanos con 26/100
(RD$9,465.26) mensuales a favor de Genaro Antonio García Sánchez, cédula de
identidad y electoral núm. [cédula].
3.
A la suma de treinta y un mil doscientos noventa y ocho pesos dominicanos con
52/100 (RD$31,298.52) mensuales a favor de Justina Altagracia Figueroa de Hidalgo,
cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
4.
A la suma de cinco mil cuatrocientos cincuenta y ocho pesos dominicanos con 33/100
(RD$5,458.33) mensuales a favor de Otacilio Pérez Rosario, cédula de identidad y
electoral núm. [cédula].
5.
A la suma de treinta mil pesos dominicanos con /100 (RD$30,000.00) mensuales a
favor de Juana Castillo Estrella, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
6.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Altagracia de los Ángeles Peguero, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
7.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Gerónimo García, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
8.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Dilcia Deyanira González Mejía de de Pool, cédula de identidad y electoral
núm. [cédula].
9.
A la suma de trece mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$13,000.00) mensuales a
favor de Eugenia Altagracia Brea de Olivieri, cédula de identidad y electoral núm.
[cédula].
10.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Ángel Morla Morla, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
11.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Justo Andújar, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
12.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Eustaquio Custodio Pascual, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
13.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Crisi José, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
14.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Rafael Mejía de Jesús, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
15.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Belinda Catalina Santos Jiminián, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
16.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Lépido Torres Aquino, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
17.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Porfirio Lugo Andújar, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
18.
A la suma de veintiún mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$21,000.00) mensuales
a favor de Andrés Francisco Familia, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
19.
A la suma de dieciséis mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$16,000.00) mensuales
a favor de Julio César Nova, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
20.
A la suma de diecisiete mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$17,000.00)
mensuales a favor de Juana María Rodríguez González, cédula de identidad y
electoral núm. [cédula].
21.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Ramón Bernardo Santos de Jesús, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
22.
A la suma de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales a
favor de César Daniel Medina Núñez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
23.
A la suma de treinta y siete mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$37,000.00)
mensuales a favor de María Georgina Guzmán de Jesús, cédula de identidad y
electoral núm. [cédula].
24.
A la suma de veinte mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales a
favor de Amarilis Cuevas Féliz, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
25.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Eduvige Peguero, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
26.
A la suma de veinte mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales a
favor de Carlos Vangheniguen Minier, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
27.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Elpidio Sena Sena, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
28.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Julia Esperanza Peguero González, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
29.
A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a
favor de Víctor Serafín Martínez Santos, cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
30.
A la suma de veintinueve mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$29,000.00)
mensuales a favor de Xiomara Altagracia Báez Penzon, cédula de identidad y
electoral núm. [cédula].
31.
A la suma de treinta y un mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$31,000.00)
mensuales a favor de Luz María Rosa Hernández de Santana, cédula de identidad y
electoral núm. [cédula].
ARTÍCULO 5. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión
del Estado, estos podrán optar por la pensión que más le favorezca.
ARTÍCULO 6. Se dispone que el pago de toda pensión otorgada por el Poder Ejecutivo
con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del
Estado tenga efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de
inclusión en la nómina de los Jubilados y Pensionados Civiles del Estado ante la Dirección
General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda, sin
perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones públicas en la Ley núm. 41-
08, sobre Función Pública, en caso que aplique.
PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá
un plazo de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, contados a partir de
que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El
pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de
cumplido dicho plazo.
ARTÍCULO 7. Envíese al Ministerio de Hacienda para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de enero del año dos mil diecinueve (2019); año
175 de la Independencia y 156 de la Restauración.
DANILO MEDINA