Texto de la norma
Dec. No. 432-18 que dispone que las oficinas o secciones comerciales de las embajadas
y consulados dominicanos en el exterior estarán dirigidas por un funcionario que
deberá reunir los requisitos especificados en esta disposición. G. O. No. 10923 del 30
de noviembre de 2018.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 432-18
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 1-12, que establece la Estrategia Nacional de
Desarrollo 2030, establece entre sus líneas de acción el diseño y puesta en funcionamiento
de instancias de coordinación interinstitucional para elevar la efectividad de las iniciativas
en materia de relaciones exteriores y fortalecer las capacidades de atracción de inversión
extranjera, lo que requiere una promoción efectiva de las ventajas y oportunidades que el
país ofrece.
CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Relaciones Exteriores está llamado a coordinar
con otras instituciones del Estado y, cuando proceda, con organizaciones de la sociedad con
el fin de ejecutar una política exterior que responda a los intereses y los objetivos
nacionales.
CONSIDERANDO: Que para lograr y sostener los objetivos nacionales en materia de
promoción de las exportaciones y atracción de inversiones es necesario contar con
profesionales y técnicos competentes que realicen eficazmente esas tareas.
CONSIDERANDO: Que el Centro de Exportación e Inversión de la República
Dominicana (CEI-RD) tiene como objetivo contribuir al incremento de las exportaciones y
la atracción de inversiones, lo que repercute positivamente en el crecimiento económico, la
productividad, la generación de empleos y el aumento del bienestar.
CONSIDERANDO: Que es de vital interés para el Estado dominicano la ejecución de un
Plan Nacional de Fomento de las Exportaciones y el desarrollo de la Estrategia Nacional de
Promoción de Inversiones para el fortalecimiento de nuestras políticas comerciales.
CONSIDERANDO: Que el Centro de Exportación e Inversión de la República
Dominicana (CEI-RD) y el Ministerio de Relaciones Exteriores suscribieron un convenio
de colaboración que sienta las pautas para el desarrollo de un marco de colaboración en
virtud del cual las secciones comerciales trabajarán en la promoción de las exportaciones
dominicanas y la captación de inversión extranjera directa.
CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante la Resolución
núm. 05-17, del 22 noviembre de 2017, creó la Comisión Consultiva encabezada por dicho
ministerio y el Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD) e
integrada por el Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP), la Asociación de
Industrias de la República Dominicana (AIRD), la Asociación Dominicana de Exportadores
(ADOEXPO), la Asociación Dominicana de Zonas Francas (ADOZONA), la Junta
Agroempresarial Dominicana (JAD), la Asociación de Industriales de la Región Norte
(AIREN), Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo (CCPSD), la Cámara de
Comercio y Producción de Santiago, la Confederación Dominicana de la Pequeña y
Mediana Empresa (CODOPYME), la Cámara Americana de Comercio (AMCHAMDR) y
la Asociación de Empresas e Industriales de Herrera (ANEIH), con la finalidad de asesorar
y recomendar al Ministerio de Relaciones Exteriores acciones vinculadas a las labores de
promoción que deben realizar las secciones comerciales de las embajadas y consulados
dominicanos.
CONSIDERANDO: Que el Centro de Exportación e Inversión de la República
Dominicana (CEI-RD) y el Ministerio de Relaciones Exteriores crearon el “Plan de
Promoción Comercial” como herramienta de planificación y gestión en función de
indicadores y metas para cada actividad a ser realizada en el marco de su colaboración.
CONSIDERANDO: Que el artículo 6, literal c, de la Ley núm. 98-03, establece como uno
de los objetivos del Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-
RD) impulsar el aumento de las exportaciones y fomentar activamente el flujo de
inversiones extranjeras en la República Dominicana, especialmente en aquellas áreas
declaradas prioritarias por las autoridades gubernamentales o que sean consideradas de
prioridad y alto beneficio para el desarrollo y crecimiento económico del país.
CONSIDERANDO: Que el artículo 6, literal d, de la Ley núm. 98-03 establece que el
Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD) debe organizar y
dirigir una red externa para la promoción de las exportaciones dominicanas y la atracción
de inversiones directas al país. Para estos fines contará con el apoyo y colaboración de las
representaciones diplomáticas y consulares de la República Dominicana y de las
instituciones estatales que puedan incidir en estas políticas.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del
Servicio Exterior, del 28 de julio de 2016, y su Reglamento 142-17 del 21 de abril de 2017.
VISTA: La Ley núm. 98-03, que crea el Centro de Exportación e Inversión de la República
Dominicana (CEI-RD), del 17 de junio de 2003.
VISTA: La Ley núm. 84-99, sobre Reactivación y Fomento de las Exportaciones, del 6 de
agosto de 1999.
VISTA: La Ley núm. 16-95, de Inversión Extranjera de la República Dominicana, del 20
de noviembre de 1995.
VISTA: La Ley núm. 1-12, que crea la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, del 25 de
enero de 2012.
VISTO: El Decreto núm. 158-14, que crea la Mesa Nacional de Competitividad, del 15 de
mayo de 2014.
VISTO: El Decreto núm. 437-17, que declara el año 2018, como el Año del Fomento a las
Exportaciones, del 28 de diciembre de 2017.
VISTO: El Decreto núm. 174-09, que crea la Mesa Presidencial del Fomento de las
Exportaciones, del 10 de marzo de 2009.
VISTA: La Resolución núm. 05-17 del Ministerio de Relaciones Exteriores, que dispone la
creación de las secciones comerciales de las embajadas y consulados dominicanos y crea la
Comisión Consultiva, del 22 de noviembre de 2017.
En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Las oficinas o secciones comerciales de las embajadas y consulados
dominicanos estarán dirigidas por un funcionario que deberá reunir los siguientes
requisitos:
1) Título universitario en negocios internacionales, economía, mercadotecnia o
carreras afines.
2) Conocimiento de informática.
3) Dominio del inglés y cualquier otra lengua adicional.
4) Habilidades gerenciales y manejo de personal.
5) Habilidades para relaciones sociales.
6) Aptitudes para buena comunicación escrita y verbal.
7) Compromiso para ampliar conocimientos.
8) Capacidad para la gestión de proyectos.
9) Habilidades de negociación.
10) Habilidad para preparar presentaciones.
ARTÍCULO 2. Las funciones de los encargados de las oficinas o secciones comerciales
serán establecidas por resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO 3. Se instruye al Ministro de Relaciones Exteriores a realizar, una vez
designado el encargado correspondiente, las coordinaciones necesarias con el Jefe de
Misión correspondiente, el Viceministerio para Asuntos Económicos y Cooperación
Internacional de la Cancillería y el Centro de Exportación e Inversión de la República
Dominicana (CEI-RD) con miras a implementar los planes de trabajo que se adopten.
ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores y al Centro de Exportación
e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD), para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil
dieciocho (2018), año 175 de la Independencia y156 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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