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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 423-18

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACIÓN A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 nov de 2018fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 10923Gaceta Oficial del 30 nov de 2018
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 423-18 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 10923 del 30 de noviembre de 2018. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 423-18 VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Camino al Progreso (PROGRECOOP), con su asiento principal en la avenida Juan Pablo Duarte, plaza Bella Terra Mall, modulo A-33, primer nivel, La Esmeralda, provincia Santiago de los Caballeros República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el diez (10) de julio de dos mil dieciocho (2018). Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de los Pescadores del Norte (COOPPESCANORTE), con su asiento principal en la calle Paseo de los Locutores número 3, edificio municipal, La puntilla, San Felipe, provincia Puerto Plata, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el doce (12) de agosto de dos mil diecisiete (2017). Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro y Crédito, Los Empleados de Mega Plax (MEGACOOP), con su asiento principal en la calle Los Tocones, sección San José, municipio San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el siete (7) de febrero de dos mil dieciocho (2018). Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Servidores del Ministerio de Administración Pública (COOPEMAP), con su asiento principal en la calle Leopoldo Navarro esquina avenida 27 de Febrero, edificio Figeca, numero 4B, Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el dieciséis (16) de marzo de dos mil dieciséis (2016). Artículo 5. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho (2018); años 175 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona