Texto de la norma
Dec. No. 447-18 que dispone la celebración de los XV Juegos Deportivos Nacionales en
las provincias Azua, Peravia y San José de Ocoa en el año 2020. G. O. No. 10926 del 31
de diciembre 2018.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 447-18
CONSIDERANDO: Que el artículo 65 de la Constitución de la República Dominicana
dispone que toda persona tiene derecho a la educación física, al deporte y la recreación.
CONSIDERANDO: Que el Estado debe fomentar, incentivar y apoyar la práctica y difusión
de actividades atléticas y recreativas en colaboración con los centros de enseñanza, las
organizaciones deportivas y el sector privado.
CONSIDERANDO: Que la práctica deportiva contribuye al desarrollo humano, a la
cohesión social y al mantenimiento de la salud física y mental, así como al acercamiento
entre los pueblos, la solidaridad, la fraternidad, la paz y la cooperación entre los jóvenes.
CONSIDERANDO: Que los Juegos Deportivos Nacionales constituyen un evento
polideportivo que contribuye al desarrollo de la actividad atlética, la recreación y la
formación integral de la juventud dominicana.
CONSIDERANDO: Que el artículo 82 de la Ley núm. 356-05, General de Deportes de la
República Dominicana, del 30 de agosto de 2005, establece las regiones deportivas en las que
estará dividido el país y que servirán de marco para desarrollar los Juegos Deportivos
Nacionales.
CONSIDERANDO: Que los artículo 84 y 86 de la Ley núm. 356-05 dispone que la
Secretaría de Estado de Deportes y Recreación (SEDEREC) (hoy Ministerio de Deportes y
Recreación (MIDEREC) organizará los Juegos Deportivos Nacionales conjuntamente con el
comité organizador correspondiente, el Comité Olímpico Dominicano, el Consejo Nacional
de Discapacidad (CONADIS) y el Comité Paralímpico, en coordinación con las distintas
federaciones deportivas nacionales y las entidades de deporte especial de la República
Dominicana.
CONSIDERANDO: Que los XIII Juegos Deportivos Nacionales se celebraron en la
provincia Monte Plata en el año 2006.
CONSIDERANDO: Que los XIV Juegos Deportivos Nacionales se celebraron en las
provincias Hermanas Mirabal (sede), Duarte y Espaillat (subsedes) en el año 2018.
VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 356-05, General de Deportes de la República Dominicana, del 30 de
agosto de 2005.
VISTA: La Ley núm.1-12, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, del 25
de enero de 2012.
VISTO: El Decreto núm. 2913, que instituye la celebración de los Juegos Deportivos
Nacionales, del 2 de diciembre del 1981.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se dispone la celebración de los XV Juegos Deportivos Nacionales en las
provincias Azua, Peravia y San José de Ocoa en el año 2020.
ARTÍCULO 2. Se dispone que el Ministerio de Deportes y Recreación (MIDEREC) fije las
fechas de los XV Juegos Deportivos Nacionales, forme el Comité Organizador y organice
dichos juegos en coordinación con el Comité Olímpico Dominicano, el Consejo Nacional de
Discapacidad (CONADIS) y el Comité Paralímpico, así como con las distintas federaciones
deportivas nacionales y las entidades de deporte especial de la República Dominicana, de
acuerdo con lo establecido en los artículos 84 y 86 de la Ley núm. 356-05, General de
Deportes de la República Dominicana.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Deportes y Recreación (MIDEREC) para su
conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de diciembre del año dos mil
dieciocho (2018), años 175 de la Independencia y 156 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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