Texto de la norma
Decreto Nº 2387, que concede naturalización dominicana al Sr. Feliciano Peñalba Marino.
(G. O. Nº 9424, del 19 de Febrero de 1977)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2387
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo el señor Feliciano Peñalba Marino, de nacionalidad española, mayor de edad, soltero, egricultor, portador de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliado y residente en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede la naturalización dominicana al señor Hermógenes Peña Marina, de las generales arriba indicadas.
Art. 2.—El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos de la Gobernadora Civil de la Provincia de María Trinidad Sánchez, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicha funcionaria, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía, de Relaciones Exteriores y a la Gobernadora Civil de la Provincia María Trinidad Sánchez, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de Octubre del año mil novecientos setenta y seis; años 133° de la Independencia y 114° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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