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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2365

WUE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DEL DISTRITO NACIONAL A VENDER VARIO SOLARES DE SU PROPIEDAD

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 sept de 1976fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 9424Gaceta Oficial del 19 feb de 1977
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 2365, que autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender varios solares de su propiedad. (G. O. Nº 9424, del 19 de Febrero de 1977) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 2365 VISTAS las certificaciones Nos. 92, 40 y 45, expedidas por el Secretario del Ayuntamiento del Distrito Nacional, en relación con lo resuelto en las sesiones ordinarias celebradas en fechas 19 de mayo, 29 de junio y 28 de julio de 1976, respectivamente; En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381 de fecha 10 de febrero de 1956 y de la Ley Nº 5577, del 14 de julio de 1961; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO : ARTICULO UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación: a) Solar Nº 3 de la manzana Nº 1548, del D. C. Nº 1 del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 529.29 metros cuadrados, por el precio de RD$2,664.45, en favor de la señora Altagracia Pérez Núñez, cuyos linderos son: al Norte, Calle; al Este, Solar Nº 4; al Sur, Solar Nº 17; y al Oeste, Solar Nº 2, ubicado en el Sector de Arroyo Hondo. La mencionada señora deberá pagar dicho solar en las mismas condiciones en que le había sido vendido condicionalmente a la señora Carmen Lourdes Nolasco. En consecuencia queda sustituida la letra e) del Decreto Nº 2553, de fecha 14 de agosto de 1972; b) Una porción de terreno con extensión superficial de 1,156.15 metros cuadrados, correspondientes a la Parcela Nº 3—A—Provisional (parte) y Parcela Nº 6—Ref.—B—1—A—1—C—6—B—2—A, Porción A, cuyos linderos son: al Norte, Parcela Nº 3—A—Prov. (Porción B) resto; al Sur, Parcela Nº 3, Porción "B" (Resto); al Este, Avenida José Ortega y Gasset y al Oeste, Parcela Nº 6—Ref.—B—1—A—1—C—6—B—2—A—5 Porción "A" (Resto), valorada en la suma de RD$28,903.75, a razón de RD$25.00 el metro cuadrado, en favor de la firma Industria Constructora, C. por A. (INDUCA); c) Solar Nº 2—A, correspondiente a una porción de la Parcela Nº 6—Ref.—B—1—A—1—C—7—H—2—E—2, del D. C. Nº 4, con una extensión superficial de 912.00 metros cuadrados, a razón de RD$5.00 el metro cuadrado, en favor de la señora María Cristina Guizado de Carias, ubicado en el sector Arroyo Hondo, con los siguientes linderos: al Norte, Cañada (resto) de la misma parcela; al Sur, Calle; al Este y Oeste, resto de la misma Parcela. La mencionada señora deberá pagar un 10% de avance al suscribir el contrato correspondiente y la suma restante en mensualidades consecutivas; riores y Cultos de la República de Argentina, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Gran Cruz Placa de Plata. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de septiembre, del año mil novecientos setenta y seis; años 133° de la Independencia y 114° de la Restauración JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona