Texto de la norma
Decreto Nº 2359, que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago a vender varios solares de su propiedad.
(G. O. Nº 9424, del 19 de Febrero de 1977)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2359
VISTAS las Actas Nos. 21, 34 y 42, correspondientes a las Sesiones Ordinarias celebradas por el Ayuntamiento del Municipio de Santiago, en fecha 29 de abril, 14 de agosto y 6 de octubre de 1975, respectivamente;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se autoriza al Ayuntamiento del
Municipio de Santiago a vender los solares de su propiedad, que se describen a continuación:
a) Solar Nº 2023 de la Manzana Nº 144 (designación municipal), del Distrito Catastral Nº 1, de dicho Municipio con área de 237.32 metros cuadrados, por el precio de RD$2,610.52, en favor de la señora Celeste María Guzmán. La mencionada señora es arrendataria del citado solar en el cual se propone construir una casa para su vivienda familiar;
b) Solar Nº 2219, de la Manzana Nº 162 (designación Municipal), del Distrito Catastral Nº 1, de dicho Municipio, con área de 206.54 metros cuadrados, por el precio de RD$1,032.70, en favor de la señora Patria Creus Vda. Rodríguez. La mencionada señora es arrendataria del citado solar, en el cual se propone construir una casa para su vivienda familiar. Asimismo queda sustituida la letra e) del Decreto Nº 1792 de fecha 11 de marzo de 1976;
c) Parcelas Municipales Nos. 286—A—2—B; 286—C—1 y 286—C—2, del Distrito Catastral Nº 8, (designación municipal), del plano rural Nº 4, ubicadas en el camino Rincón Largo, con área total de 6,892.70 metros cuadrados, valorada en la suma de RD$27,570.80, a razón de 4.00 el metro cuadrado, en favor del Dr. Víctor Franco Santoni. El mencionado señor es arrendatario de las referidas porciones de terreno en las cuales se propone construir una residencia para su vivienda familiar. Asimismo queda sustituida la letra f) del Decreto Nº 1792, de fecha 11 de marzo de 1976.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de septiembre, del año mil novecientos setenta y seis; años 133º de la Independencia y 114º de la Restauración
JOAQUIN BALAGUER
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