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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2301

QUE AUTORIZA LA IMPRESION DE LA EMISION DE SELLOS POSTALES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 sept de 1976fecha
Otrostipo
G. O. 9423Gaceta Oficial del 5 feb de 1977
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 2301, que autoriza la impresión de una emisión de sellos postales. (G. O. Nº 9423, del 5 de Febrero de 1977) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 2301 CONSIDERANDO que los radioaficionados realizan valiosos servicios en favor de la ciudadanía, especialmente en épocas de desastres, y que además, promueven la confraternidad entre los pueblos, lo cual los hace merecedores del reconocimiento público; CONSIDERANDO que la celebración del cincuentenario de Radio Club Dominicano, Inc., es ocasión propicia para patentizar ese reconocimiento; VISTA la Ley sobre Especies Timbradas Nº 2461, del 18 de julio de 1950; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en los siguientes valores y cantidades: 500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de seis centavos, a colores; 500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de diez centavos, a colores. Art. 2.—Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular de 40 milímetros de ancho por 30 milímetros de alto, con las siguientes características en su diseño: mostrarán en la esquina superior izquierda la figura de una torre de antena direccional radiando ondas electromagnéticas y en el resto del ángulo superior la leyenda "República Dominicana"; en la esquina inferior izquierda aparecerá la figura de un átomo, símbolo de la electrónica y en la esquina inferior derecha la figura de una antena direccional radiando ondas electromagnéticas; en el ángulo inferior llevarán el valor facial expresado así: "6c" seguido de la palabra "CORREOS"; en el ángulo derecho tendrán la figura de la mitad de un rostro humano con auditivo y micrófono simbolizando el radioaficionado; en la parte central se verá la figura de un resonador de Hertz, primer transmisor de señales radioeléctricos construido en 1887 y en el centro de esta figura las letras RCD; inmediatamente debajo se leerán las inscripciones "50° Aniversario Radio Club Dominicano, Inc. - 12 de junio de 1926-1976" en tres renglones y "Los radioaficionados fomentan la confraternidad universal", en dos renglones. Los sellos de diez centavos tendrán las mismas formas, dimensiones, leyenda, simbologías e inscripciones que los de seis centavos, diferenciándose únicamente en que en el ángulo in- ferior llevarán el valor facial expresado así: "10c" y las palabras "CORREO AEREO". DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y seis, años 133° de la Independencia y 114° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona