Texto de la norma
Decreto Nº 2230, que concede naturalización dominicana a los esposos Shunchi Yamanaka y Kayo Nakagira de Yamanaka.
(G. O. Nº 9422, del 29 de Enero de 1977)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2230
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo los esposos Shinichi Yamanaka y Payo Nakagira de Yamanaka, de nacionalidad japonesa, mayores de edad, industrial y de que-haceres del hogar, portadores de las cédulas de identificación personal Nos. [cédula] y [cédula], domiciliados y residentes en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTA la Ley Nº 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede la naturalización dominicana a los esposos Shinichi Yamanaka y Kayo Nakagira de Yamanaka, de las generales arriba indicadas.
Art. 2.—Los beneficiarios recibirán la carta de naturalización de manos de la Gobernadora de la Provincia de Dajabón, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicha funcionaria, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía, de Relaciones Exteriores y a la Gobernadora de la Provincia de Dajabón, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del de agosto del año mil novecientos setenta y seis; años 133° de la Independencia y 114° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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