Texto de la norma
Decreto Nº 2057, que declara la adopción definitiva de la nacionalidad Dominicana por varias personas.
(G. O. Nº 9407, del 25 de Agosto de 1976)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2057
VISTA la instancia que han elevado al Poder Ejecutivo los
hermanos, señores Abraham Joseph George Issa David; Marcos Gabriel Patrick Abraham Charles; Rahmeh Madeleine Stella; Robert Said Frederick John Michael; David Salim Joseph Francis Dwijht y Jalil Peter Christopher Phillip Alexander Dabdoub Jaar, de nacionalidad Jamaiquina, mayores de edad, solteros, estudiantes, provistos de los pasaportes jamaiquinos Nos. [omitido], nacidos en la ciudad de Kingston, Jamaica, en fechas 8 de mayo de 1944; 2 de enero de 1946; 14 de noviembre de 1947; 18 de noviembre de 1950; 1ro. de marzo de 1953 y 10 de marzo de 1957, hijos legítimos de los señores Jalil Abraham Dabdaub y Elena Jaar de Dabdoub, de nacionalidad inglesa y dominicana, respectivamente, domiciliado y residentes en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTO el Artículo 11, inciso 3, de la Constitución de la República;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se declara que los señores Abraham Joseph George Issa David; Marcos Gabriel Patrick Abraham Charles; Rahmed Madeleine Stella; Robert Said Frederick John Michael; David Salim Joseph Francis Dwijht y Jalil Peter Christopher Phillip Alexander Dabdoub Jaar, hijos legítimos de los señores Jalil Abraham Dabdoub y Elena Jaar de Dabdoub, han optado definitivamente por la nacionalidad dominicana, de conformidad con lo previsto es el artículo II, inciso 3, de la Constitución de la República.
Art. 2.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de mayo del año mil novecientos setenta y seis; años 133° de la Independencia y 113° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.