Texto de la norma
Decreto Nº 1910, que autoriza al señor Juan Pablo Reyes C., a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9404, del 17 de julio de 1976)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1910
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada
por el señor Juan Pablo Reyes Cedeño, dominicano, mayor de edad, casado, abogado, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida], fué autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Juan Luis Reyes Cedeño;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la Ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 3 de marzo de 1976, que no se ha realizado oposición legal a la solicitud formulada por el señor Juan Pablo Reyes Cedeño, para que pueda cambiar su nombre por el de Juan Luis Reyes Cedeño;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El señor Juan Pablo Reyes Cedeño queda autorizado a cambiar su nombre por el de Juan Luis Reyes Cedeño.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de abril del año mil novecientos setenta y seis; años 133° de la Independencia y 113° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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