Texto de la norma
Decreto Nº 1789, que autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender varios solares de su propiedad.
(G. O. Nº 9397, del 24 de Abril de 1976)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1789
VISTAS las Certificaciones Nos. 76, 88, 90 y 12, expedidas
por el Secretario del Ayuntamiento del Distrito Nacional, en relación con lo resuelto por dicho Organismo en las Sesiones Ordinarias celebradas en fechas 6 de octubre, 8 y 17 de diciembre de 1975 y 25 de febrero de 1976, respectivamente;
En virtud de lo que dispone el articulo 3 de la Ley N° 4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación:
a) Solar N° 13 de la Manzana N° 1548, del Distrito Catastral N° 1 del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 529.29 metros cuadrados, ubicado en el sector de Arroyo Hondo, con los siguientes linderos: Al Norte, Solar N° 7 y calle; al Este, Solar N° 12; y al Oeste, Solar N° 14, en favor del señor Juan Antonio Molina Abréu, por el precio de RD$32,615.20 del cual el mencionado señor deberá pagar un 10% a la firma del contrato correspondiente y la suma restante en 10 cuotas mensuales consecutivas. En consecuencia queda modificada la letra b) del Decreto N° 2045, de fecha 14 de abril de 1972;
b) Solares Nos. 1, 2 y 3 de la Manzana N° 1564, del Distrito Catastral N° 1 del Distrito Nacional, los cuales son encharcos o áreas resultantes de la subdivisión de la parcela que corresponde al Ensanche Altagracia Aurora, con áreas de 192.72, 490.60 y 303.67 metros cuadrados respectivamente, por el precio de RD$14.00 el metro cuadrado, en favor de la señora Gema Hüel de García. La mencionada señora deberá pagar el 2% del valor total a la firma del contrato correspondiente y la su-
ma restante en 5 años subdivididos en sesenta (60) mensualidades consecutivas;
c) Solar Nº 4, de la Manzana Nº 1541, del Distrito Catastral Nº 1, del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 574.23 metros cuadrados, ubicado en el sector de Arroyo Hondo, por el precio de RD$2,871.15, en favor del señor Giro Antonio Badía Domínguez. De dicha suma el mencionado señor deberá pagar un 10% como avance a la firma del contrato correspondiente y la suma restante en 10 años en cuotas mensuales consecutivas. En consecuencia, queda modificado el acápite 9) del Decreto Nº 3395, de fecha 25 de abril de 1973;
d) Porción de terreno de 4—A, con área de 324 metros cuadrados, ubicada en el Sector de Arroyo Hondo, en favor del Agrónomo Rafael H. Rivas, por el precio de RD$5.00 el metro cuadrado, la cual será deducida de los solares Nos. 12 y 13 de la Manzana Nº 1538, del Distrito Catastral Nº 1 del Distrito Nacional, en la proporción de 306 metros cuadrados y 18 metros cuadrados, respectivamente;
e) Solar Nº 8, de la Manzana Nº 1565, del Distrito Catastral Nº 1 del Distrito Nacional, con área de 825.69 metros cuadrados, por el precio de RD$13,211.04, en favor de la señora Norma Sánchez López.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y seis; años 133° de la Independencia y 113° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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