Texto de la norma
Decreto Nº 1737, que concede naturalización dominicana al menor Manuel C. Peña-Morros Peña.
(G. O. Nº 9396, del 17 de Abril de 1976)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1737
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo el Lic. Manuel Celito Peña-Morros hijo, dominicano, mayor de edad, economista, portador de la cédula de identificación personal [omitida], con residencia temporal en la ciudad de Panamá, República de Panamá, por medio de la cual solicita le sea concedida la naturalización dominicana, provisoriamente a su hijo legítimo, menor Manuel Celito Peña-Morros Peña, nacido en la ciudad de Panamá el día 28 de agosto de 1975 procreado con su esposa, señora Francia Miguelina Peña, de nacionalidad dominicana;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTO el Párrafo I del artículo 26 de la Ley Nº 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, agregado por la Ley Nº 2665, de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede la naturalización dominicana, provisionalmente, al menor Manuel Celito Peña-Morros Peña, hijo legítimo de los esposos Lic. Manuel Celito Peña-Morros y señora Francia Miguelina Peña, de nacionalidad dominicana.
Art. 2.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y seis; años 133º de la Independencia y 113º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.