Texto de la norma
Decreto Nº 1659, que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Higuey a vender varios solares de su propiedad.
(G. O. Nº 9394, del 25 de marzo de 1976)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1659
VISTAS las Actas Nos. 12—74, 16—74, correspondientes a las Sesiones celebradas por el Ayuntamiento del Municipio de Higuey, en fechas 18 de septiembre y 16 de octubre de 1974, respectivamente;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381,
de fecha 10 de febrero de 1956, y de la Ley Nº 5577, de fecha 14 de julio de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Higuey a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación:
a) Solar sin designación catastral, ni municipal de dicho Municipio, con área de 168.69 metros cuadrados, por el precio de RD$379.55, en favor de la señora Eusebia Garrido. La mencionada señora ocupa en arrendamiento el citado solar en el cual ha construído una casa para su vivienda familiar.
b) Solar sin designación catastral, ni municipal de dicho Municipio, con área de 608.72 metros cuadrados, por el precio de RD$1,673.98, en favor del señor Antonio Jiménez Castro. El mencionado señor ocupa en arrendamiento el citado solar en el cual tiene una casa construída para su vivienda familiar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de enero del año mil novecientos setenta y seis, años 132º de la Independencia y 113º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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