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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2562

QUE APRUEBA LA RESOLUCION NO. 143-76-C, DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 dic de 1976fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9427Gaceta Oficial del 19 mar de 1977
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Monto
RD$368,061 · en el texto: «RD$368,061.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 2562, que aprueba la Resolución Nº 143-76-C, del Directorio de Desarrollo Industrial. (G. O. Nº 9427, del 19 de Marzo de 1977) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 2562 CONSIDERANDO que la empresa RAMON W. CAMPOS, solicitó del Directorio de Desarrollo Industrial, su clasificación en la Categoría "A", para acogerse a los beneficios de la Ley Nº 299 de Incentivo y Protección Industrial de fecha 23 de abril de 1968; CONSIDERANDO que el Directorio de Desarrollo Industrial luego de realizar los estudios correspondientes, comprobó que la empresa solicitante reunía las condiciones exigidas por la Ley, en vista de lo cual dictó la Resolución Nº 143—76—C, de fecha 31 de agosto de 1976, clasificada en la Categoría "A"; VISTO el Artículo 38, de la Ley Nº 299, de fecha 23 de abril de 1968; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se aprueba la Resolución Nº 143—76—C, del Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 31 de agosto de 1976 que copiada textualmente dice: "RESOLUCION NO. 143—76—C CONSIDERANDO: Que la firma RAMON W. CAMPOS, presentó al Departamento Técnico Industrial una solicitud registrada en fecha 2 de agosto de 1976 con el N° 41—76, para ser clasificada en la Categoría "A" y acogerse a los beneficios de la Ley N° 299 del 23 de abril de 1968, de Incentivo y Protección Industrial. CONSIDERANDO: Que la referida empresa se dedicara a la confección de ropa en general, que destinará a la exportación VISTO: El informe rendido por el Departamento Técnico industrial, del cual se transcriben los siguientes puntos: Inversión total: RD$368,061.00 Localización: Zona Franca Industrial de Santiago Tipo de proyecto: Nuevo Empleos a crear: 97 Solvencia moral y económica: Satisfactoria VISTOS: Los Artículos 7, 11, 12, 17, 24, 25, 36, 38 y 40 de la Ley N° 299 del 28 de abril de 1968. En ejercicio de las facultades que nos confiere dicha ley, R E S U E L V E : PRIMERO: Clasificar a la firma RAMON W. CAMPOS en la Categoría "A", para establecerse en la Zona Franca Industrial de Santiago. SEGUNDO: Concederle exoneración por el término de 20 años, en proporción de un 100%, de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno, que incidan sobre los siguientes artículos: Cantidades anuales — Nombre de los artículos 400,00 Yardas — tela cortada 260,000 Unidades — zippers 1,500 Conos — hilo para coser 260,000 Yardas — tela para forros de bolsillos 260,000 Yardas — tela para pretinas 260,000 Yardas — tela de algodón pegante 260,000 Yardas — Pares broches 520,000 Unidades — botones 1,500,000 Unidades — alfileres 260,000 Unidades — etiquetas 520,000 Unidades — tickets TERCERO: Se concede además a la impetrante todos los beneficios acordados por la citada Ley Nº 299 a las empresas clasificadas en la Categoría "A". CUARTO: La empresa deberá depositar en el Banco Cen- tral de la República Dominicana, las divisas correspondientes a todos los gastos de organización y constitución en que incurra dentro del país, así como los costos nacionales de sus operaciones normales. También deberá cumplir con todas y cada una de las obligaciones exigidas por las leyes del país. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los treinta y un (31) días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y seis (1976); años 133º de la Independencia y 114º de la Restauración. DR. GUIDO D'ALESSANDRO, Secretario de Estado de Industria y Comercio. Presidente del Directorio de Desarrollo Industrial. YO, TEOFILO CUESTA ORTEGA, Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial, CERTIFICO: Que esta decisión fue tomada por los Miembros del Directorio de Desarrollo Industrial en sesión celebrada el 31 de agosto de 1976, en el Despacho del Secretario de Estado de Industria y Comercio, de la cual reposa acta en los archivos del Departamento Técnico Industrial. TEOFILO CUESTA ORTEGA, Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial" Art. 2.—Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y seis; años 133º de la Independencia y 114º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona