Texto de la norma
Decreto Nº 2531, que autoriza una emisión de sellos postales.
(G. O. Nº 9427, del 19 de Marzo de 1977)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2531
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas Nº 2461, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en los siguientes valores y cantidades:
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de dos centavos, a colores;
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de seis centavos, a colores;
300,000 (TREICIENTOS MIL) sellos del valor de diez centavos, a colores;
Art. 2.—Los sellos de dos centavos serán de forma rectangular, de 40 milímetros de alto por 30 milímetros de ancho,
mostrando como motivo principal la reproducción de una pintura reflejando la maternidad; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; en el ángulo izquierdo y en sentido vertical tendrán la palabra "CORREOS" y el valor facial expresado así: "2c"; en el ángulo inferior llevarán a inscripción "Navidad 1976";
Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular de 36 milímetros de alto por 25 milímetros de ancho; mostrando como motivo principal la reproducción de una concepción artística representando a los Reyes Magos montados en camellos enmarcados en un semi-círculo en forma de arco en cuya parte superior aparecerá la inscripción "Navidad 1976"; en el ángulo superior llevarán a leyenda "República Dominicana" en dos renglones; en la esquina inferior izquierda tendrán la palabra "CORREOS" y el valor facial expresado así: "6c";
Los sellos de diez centavos tendrán la misma dimensiones y disposiciones que los de seis centavos; mostrarán como motivo principal la reproducción de una concepción artística representando la figura de un angel con dos campanas, una en cada lado, enmarcado en un semi-círculo en forma de arco en cuya parte superior llevarán la inscripción "Navidad 1976": en el ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana" en dos renglones; en la esquina inferior tendrán las palabras "CORREO AEREO" y el valor facial expresado así: "10c".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y seis; años 133° de la Independencia y 114° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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