Texto de la norma
Decreto Nº 2437, que autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender varios solares de su propiedad.
(G. O. Nº 9425, del 26 de Febrero de 1977)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2437
VISTA la Certificación Nº 54 y 55, expedida por el Secretario del Ayuntamiento del Distrito Nacional, en relación con lo resuelto por dicho Organismo en la Sesión Ordinaria celebrada en fecha 8 de septiembre de 1976;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 481, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación:
a) Solar Nº 1 de la Manzana Nº 1542, del Distrito Catastral Nº 1, del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 680.37 metros cuadrados, a razón de RD$6.00 el metro cuadrado, ubicado en el sector de Arroyo Hondo, en favor de la señora Isabel Rosario. La mencionada señora deberá pagar a la firma del contrato de venta condicional del referido solar, el 10% del valor total del mismo y la suma restante en mensualidades consecutivas durante diez (10) años; y
b) Solar Nº 14 de la Manzana Nº 1538, Reformada del Distrito Catastral Nº 1, del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 1,402.00 metros cuadrados, a razón de RD$6.00 el metro cuadrado, en favor del señor Ramón Reynaldo Rodríguez R. El mencionado señor deberá pagar a la firma del contrato correspondiente, el 10% y la suma restante en mensualidades consecutivas, durante diez (10) años.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince dias del mes de octubre del año mil novecientos setenta y seis; años 133º de la Independencia y 114º de la Restauración
JOAQUIN BALAGUER
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