Texto de la norma
Decreto Nº 2394, que concede naturalización dominicana a la menor Grecia Esperanza Beltrán Coronado.
(G. O. Nº 9424, del 19 de Febrero de 1977)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2394
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo la señora Eulalia Coronado Burgos, dominicana, mayor de edad, casada, maestra, portadora de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliada y residente en [domicilio omitido], por medio de la cual solicita le sea concedida la naturalización dominicana, provisionalmente, a su hija menor Grecia Esperanza Beltrán Coronado, nacida en la ciudad de Sevilla, España, el día 9 de abril de 1966, hija del señor Ezequiel Beltrán, de nacionalidad peruana;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTO el Párrafo I del artículo 26 de la Ley Nº 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, agregado por la Ley Nº 2665, de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede la naturalización dominicana, provisio-
nalmente, a la menor Grecia Esperanza Beltrán Coronado, hija de los señores Eulalia Coronado Burgos y Exequiel Beltrán, de nacionalidad dominicana y peruana, respectivamente.
Art. 2.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y seis, años 133° de la Independencia y 114° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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