Texto de la norma
Decreto Nº 2358, que autoriza una emisión de sellos postales.
(G. O. Nº 9424, del 19 de Febrero de 1977)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2358
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas Nº 2461, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en los siguientes valores y cantidades:
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de dos centavos, a colores;
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de tres centavos, a colores;
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de diez centavos, a colores;
300,000 (TRESCIENTOS MIL) sellos del valor de veinticinco centavos, a colores.
Art. 2.—Los sellos de dos centavos serán de forma cuadrada, en tamaño de 40 x 40 milímetros y mostrarán como motivo principal frente a un círculo, las figuras de dos atletas practi-
cando boxeo; a todo el ancho del lado superior llevarán la leyenda "República Dominicana" y bordeando la parte superior del círculo la inscripción "Olimpíadas de Canadá"; dentro del círculo en la parte superior tendrán el símbolo de los Juegos Olímpicos y las letras "XXI", en la esquina inferior izquierda aparecerá el valor facial expresado así: "2c"; y en la esquina inferior derecha la palabra "CORREOS".
Los sellos de tres centavos serán de la misma forma y tamaño de los de dos centavos; mostrarán como motivo principal frente a un círculo la figura de un levantador de pesas; a todo el ancho del lado superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; y bordeando la parte superior del círculo la inscripción "Olimpíadas de Canadá"; dentro del círculo en la parte superior tendrán el símbolo de los juegos olímpicos y las letras "XXI"; en la esquina inferior izquierda aparecerá el valor facial expresado así: "3c"; y en la esquina inferior derecha la palabra "CORREOS".
Los sellos de diez centavos serán de la misma forma y tamaño que los de tres centavos y mostrarán como motivo principal la figura de un corredor frente a un círculo; a todo el ancho del lado superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; y bordeando la parte superior del círculo, la inscripción "Olimpíadas de Canadá"; dentro del círculo en la parte superior tendrán el símbolo de los juegos olímpicos y las letras "XXI"; en la esquina inferior izquierda aparecerá el valor facial expresado así: "10c" y en la esquina inferior derecha las palabras "CORREO AEREO".
Los sellos de veinticinco centavos serán de la misma forma y tamaño que los de diez centavos y mostrarán como motivo principal la figura de un jugador de baloncesto frente a un círculo; a todo el ancho del lado superior llevarán la leyenda "República Dominicana" y bordeando la parte superior del círculo, la inscripción "Olimpíadas de Canadá"; dentro del círculo en su parte superior tendrán el símbolo de los juegos olímpicos y
las letras "XXI"; en la esquina inferior izquierda aparecerá el valor facial expresado así: "25c"; y en la esquina inferior derecha las palabras "CORREO AEREO".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de septiembre, del año mil novecientos setenta y seis, años 133° de la Independencia y 114° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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