Texto de la norma
Decreto Nº 2159, que declara Día Conmemorativo el día 15 de Julio de 1976, centenario del fallecimiento del Fundador de la República Juan Pablo Duarte.
(G. O. Nº 9412, del 9 de Octubre de 1976)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2159
CONSIDERANDO que el día 15 del presente mes de julio, centenario de la muerte del Fundador de la República Juan Pablo Duarte, serán trasladados desde el Altar de la Patria al Mausoleo construído al final de los fosos del Baluarte del Conde, los restos venerandos de los Padres de la Patria;
CONSIDERANDO que con tal motivo es oportuno tomar todas aquellas medidas que tiendan a revestir dicho acto con la solemnidad que amerita un acontecimiento de tan alta trascendencia histórica, junto con todas aquellas que propicien y faciliten al público ser copartícipe de tan magno acontecimiento;
VISTA la Ley Nº 108, de fecha 21 de marzo de 1967;
VISTA la Ley Nº 415, de fecha 5 de julio de 1976;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.—Se declara Día Conmemorativo en todo el territorio nacional, el 15 de julio de 1976, centenario del fallecimiento del Fundador de la República Juan Pablo Duarte, y fecha en que se realizará el traslado de los restos venerados de los ilustres Padres de la Patria, desde el Altar de la Patria hasta su tumba definitiva en el Mausoleo construído al final de los fosos del Baluarte del Conde.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de julio del mil novecientos setenta y seis, años 133° de la Independencia y 113° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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