Texto de la norma
Decreto Nº 1945, que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Moca a permutar una parcela de su propiedad. (G. O. Nº 9406, del 7 de Agosto de 1976)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1945
VISTA el Acta Nº 9—74, correspondiente a la sesión celebrada por el Ayuntamiento del Municipio de Moca, en fecha 22 de julio de 1974;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Moca a permutar en favor de la Corporación Dominicana de Electricidad, una porción de terreno ubicada dentro de la Parcela Nº 53 del Distrito Catastral Nº 12, de dicho Municipio, con área de 2,000 metros cuadrados, valorada en la suma de RD$3,000.00, por una manzana marcada con el Nº 149 del Distrito Catastral Nº 1, con un área de 4,215.83 metros cuadrados, valorada en la suma de RD$27,402.89, propiedad de la Corporación Dominicana de Electricidad. Ambas instituciones se verán favorecidas con la referida permuta, en el sentido de que el Ayuntamiento tendrá más terrenos y la Corporación Dominicana de Electricidad podrá colocar unos transformadores para dar fuerza a la planta y aumentar la energía eléctrica, lo cual será en beneficio de la mencionada ciudad.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve dias del mes de abril del año mil novecientos setenta y seis; años 133° de la Independencia y 113° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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