Texto de la norma
Decreto Nº 1685, que integra la Delegación dominicana a la Comisión Mixta Permanente prevista en el Convenio de Cooperación Económica Dominico-Español.
(G. O. Nº 9396, del 17 de Abril de 1976)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1685
CONSIDERANDO que de conformidad con el Convenio de Cooperación Económica suscrito entre la República Dominicana y el Estado Español, es necesario constituir una Comisión Mixta Permanente, integrada por Delegaciones de ambos Gobiernos, que se reunirán alternativamente en España o en la República Dominicana, por lo menos una vez al año, con el fin de conocer y resolver sobre el adecuado cumplimiento de los compromisos recíprocos relacionados con el intercambio comercial entre ambos países, propiciando el crecimiento del mismo, y analizar la ejecución de las Resoluciones del año anterior; establecer Acuerdos de colaboración y complementación tendentes a diversificar las mercancías objeto de intercambio entre ambos países, y en general, proponer a los Gobiernos de las Partes Contratantes las medidas que resulten pertinentes a los propósitos del citado Convenio;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—La Delegación dominicana a la Comisión Mixta Permanente prevista en el Convenio de Cooperación Económica Dominico-Español, estará integrada de la siguiente manera: El Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, quien la presidirá; el Secretario de Estado de Industria y Comercio; el Secretario de Estado, Director Ejecutivo del
Centro Dominicano de Promoción de Exportaciones; el Secretario de Estado de Finanzas; el Gobernador del Banco Central de la República Dominicana.
PARRAFO I: Los miembros oficiales de la Comisión podrán hacerse asesorar a nivel técnico por personas de sus respectivos Departamentos.
PARRAFO II: Actuará como Secretario de la Delegación Dominicana en la Comisión Mixta Permanente, el Embajador Encargado del Departamento de Asuntos Económicos de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de febrero del mil novecientos setenta y seis, años 132° de la Independencia y 113° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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