Texto de la norma
Dec. No. 210-18 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
Modifica el artículo 1 del Decreto No. 108-18. G. O. No. 10911 del 4 de junio de 2018.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 210-18
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para
cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de
julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro
del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal
sentido por los interesados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1. El Sr. Ramón Méndez Pérez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
ROMÁN MÉNDEZ PÉREZ.
Artículo 2. El Sr. Rafael Julio de Jesús Rafael, queda autorizado a cambiar su nombre por
el de RAFAEL DE JESÚS RAFAEL.
Artículo 3. La Sra. Isida Méndez Ogando, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
ÉLIDA MÉNDEZ OGANDO.
Artículo 4. La Sra. Nuris Núñez Encarnación, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de NURIS ALTAGRACIA NÚÑEZ ENCARNACIÓN.
Artículo 5. El Sr. Jorge Guzmán, queda autorizado a cambiar su nombre por el de JORGE
ELUPINO GUZMÁN.
Artículo 6. La Sra. María Trinidad Borgen, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de HILDA BORGEN.
Artículo 7. La Sra. Vigilia Aurelia Francisca Espaillat Valdez, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de VIGILIA AURELIA ESPAILLAT VALDEZ.
Artículo 8. La Sra. Francisca Calcaño Gerónimo, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de MINERVA CALCAÑO GERÓNIMO.
Artículo 9. La Sra. Julissa Bianela Brito Mercedes, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de FRANCESCA BIANELA BRITO MERCEDES.
Artículo 10. La Sra. Rudinna Altagracia Rivera Custodio, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de CRUZ DIGNA RIVERA CUSTODIO.
Artículo 11. El Sr. Pilar Moreta Cruz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
EDUARD MORETA CRUZ.
Artículo 12. La Sra. Ramona Altagracia Rodríguez Vásquez, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de RASHELL MERCEDES RODRÍGUEZ VÁSQUEZ.
Artículo 13. El Sr. Stanley Santana Agustín, queda autorizado a cambiar su nombre por el
de STARLING JAVIER SANTANA AGUSTÍN.
Artículo 14. El menor de edad Jenssy Jhail Quezada Montero, debidamente representado
por sus padres, los señores Enrique Quezada y Paola Montero Pérez, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de HENRY JHAIL QUEZADA MONTERO.
Artículo 15. El Sr. Mártires Esteban Cuevas Candelario, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de STEVEN CUEVAS CANDELARIO.
Artículo 16. La Sra. Dionicia de la Cruz Pilar, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de MARÍA CONSTANZA DE LA CRUZ PILAR.
Artículo 17. El menor de edad Elián Jens Alcántara, debidamente representado por su
madre, la Sra. Eugenia Alcántara, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
FREISER JAMES ALCÁNTARA.
Artículo 18. La Sra. María Paredes Mejías, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
MARÍA FRANCISCA PAREDES MEJÍAS.
Artículo 19. El Sr. Víctor Raúl Tejada, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
RAÚL TEJEDA.
Artículo 20. La Sra. Sebastiana Bueno, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
AURORA BUENO.
Artículo 21. El Sr. Elvis Robert Rosado Rosario, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de JUNIOR ROSADO ROSARIO.
Artículo 22. El menor de edad I-You Chen Wang, debidamente representado por sus
padres, los señores Hsiu-Tu Chen y Mei-Huei Wang, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de WINSTON CHEN WANG.
Artículo 23. La Sra. Patricia Sharlene Javier Javier, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de SHARLENNE JAVIER JAVIER.
Artículo 24. Se modifica el artículo 1 del Decreto núm. 108-18, del 6 de marzo de 2018,
para que en lo adelante se lea de la manera siguiente:
Artículo 1. La Sra. Dolores Elvira Josefina Almánzar Domenech, queda autorizada
a cambiar su nombre por el de JOSEPHINE DOLORES ALMÁNZAR
DOMENECH.
Artículo 25. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de mayo
del año dos mil dieciocho
(2018); años 175 de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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