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Dec. No. 209-18 que declara de utilidad pública e interés social la adquisición, por
parte del Estado dominicano, de varias porciones de terrenos para ser utilizadas en la
construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 10911 del 4 de junio de 2018.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 209-18
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 625-12, del 10 de noviembre de 2012,
el Poder Ejecutivo creó el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al
Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) e integrado por las dependencias
relacionadas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, y por la Oficina de
Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE).
CONSIDERANDO: Que el Programa Nacional de Edificaciones Escolares se financiará
con fondos provenientes del Ministerio de Educación, y tendrá a su cargo la ejecución de
los planes de construcción de edificaciones que determine dicho ministerio.
VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del
29 de julio de 1943.
VISTO: El Decreto núm. 625-12, que crea el Programa Nacional de Edificaciones
Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), del 10 de
noviembre de 2012.
VISTO: El Decreto núm. 348-16, que dispone el traspaso al Ministerio de Obras Públicas y
Comunicaciones (MOPC) de las funciones encomendadas a la Oficina de Ingenieros
Supervisores de Obras del Estado mediante el Decreto núm. 625-12, que creó el Programa
Nacional de Edificaciones Escolares, del 2 de diciembre de 2016.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se declara de utilidad pública e interés social la adquisición, por parte del
Estado dominicano, de las porciones de terrenos que a continuación se indican, las cuales
serán utilizadas para construir edificaciones escolares:
1.
Un inmueble consistente en tres mejoras, una de dos (2) niveles y dos de un (1) nivel,
de las cuales hay dos (2) con muros de blocks, techadas de hormigón armado, y una
(1) con muros de blocks, techada de aluzinc, edificadas dentro del inmueble
identificado como parcela núm. 10, del Distrito Catastral núm. 31, municipio Los
Alcarrizos, provincia Santo Domingo, amparada en la Constancia Anotada Matrícula
núm. 0100230157, emitido a favor del INGENIO RÍO HAINA, por el Registrador de
Títulos de Santo Domingo.
2.
La parcela identificada con la Designación Catastral núm. [cédula], con una
extensión superficial de mil cuatrocientos sesenta y seis punto ochenta y nueve metros
cuadrados (1,466.89 m2), ubicada en el municipio Santo Domingo Este, provincia
Santo Domingo, provista del Certificado de Título Matrícula núm. 0100178157,
emitido a favor del señor LEONARDO ARTURO LÓPEZ BUENO, por el
Registrador de Títulos del Distrito Nacional.
3.
La parcela identificada con la Designación Catastral núm. [cédula], con una
extensión superficial de ocho mil ochocientos veintidós punto diecinueve metros
cuadrados (8,822.19 m2), ubicada en el municipio Santo Domingo Norte, provincia
Santo Domingo, provista del Certificado de Título Matrícula núm. 3000240355,
emitido a favor del señor JESÚS ORLANDO LUNA FÉLIZ, por el Registrador de
Títulos de Santo Domingo.
4.
Una porción de terreno con una extensión superficial de cinco mil ochocientos seis
punto cincuenta y cinco metros cuadrados (5,806.55 m2), no registrada, ubicada en el
municipio Altamira, de la provincia Puerto Plata, con los linderos colindantes
siguientes: Al Norte, una cañada, play de béisbol de la comunidad y propiedad de
Rafael de la Cruz Castillo; al Sur, propiedad de José Herminio Rodríguez Rubiera,
Bonifacia Rodríguez y sucesores de Diego Meléndez; al Este, propiedad de Loly
Margarita Marte Gil y María Elena Marte Gil; y al Oeste, carretera de Quebrada
Honda, José Ginebra Pou, propiedad de las señoras MARÍA ELENA MARTE GIL y
LOLY MARGARITA MARTE GIL DE CAMACHO.
5.
a) La parcela núm. [cédula], con una extensión superficial de once mil
cuatrocientos noventa y nueve punto ochenta y dos metros cuadrados (11,499.82 m2),
ubicada en el municipio y provincia San Cristóbal, amparada en el Certificado de
Título Matrícula núm. 3000234857, emitido a favor del señor TIMOTEO ALFREDO
MONTÁS DIONICIO, por el Registrador de Títulos San Cristóbal. b) La parcela
núm. [cédula], con una extensión superficial de diez mil quinientos punto
diecisiete metros cuadrados (10,500.17 m2), ubicada en el municipio y provincia San
Cristóbal, provista del Certificado de Título Matrícula núm. 3000246794, emitido a
favor del señor TIMOTEO ALFREDO MONTÁS DIONICIO, por el Registrador de
Títulos de San Cristóbal.
6.
Una porción de terreno dentro de la parcela núm. 37, Distrito Catastral núm. 17, con
una extensión superficial de tres mil setecientos cuarenta y seis punto treinta y tres
metros cuadrados (3,746.33 m2), ubicada en el municipio Santo Domingo Norte,
provincia Santo Domingo, provista de la constancia del Certificado de Título
Matrícula núm. 3000105691, emitido a favor de la señora OLGA MARÍA
MOSCOSO ROSARIO, por el Registrador de Títulos de Santo Domingo.
7.
Una porción de terreno con una extensión superficial de once mil quinientos metros
cuadrados (11,500.00 m2), ubicada dentro del ámbito de la parcela núm. 5378-29, del
Distrito Catastral núm. 8, municipio y provincia Azua, amparada en el Certificado de
Título Matrícula núm. 0500030960, emitido a favor del señor VÍCTOR ISAÍAS
GRANDEL, por el Registrador de Títulos de Baní.
8.
Una mejora consistente en una casa construida en muro de madera (paredes), techo de
zinc y piso de cemento pulido que consta de una (1) habitación, sala comedor y un (1)
baño de uso común, con todas sus dependencias y anexidades, ubicada en la calle El
Tren, sector Las Quinientas, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez,
con las colindancias siguientes: Al Norte, Demetrio Sánchez Duarte e Isabel Willians;
al Sur, Juan Ramón Alcántara Cortorreal; al Este, Juan Ramón Alcántara Cortorreal; y
al Oeste, propiedad del señor LUIS DEMETRIO SÁNCHEZ DE LA CRUZ.
9.
Una casa construida en muros de madera (paredes), techo de zinc y piso de cemento
pulido que consta de una (1) habitación, sala, comedor y un (1) baño de uso común,
con todas sus dependencias y anexidades, ubicada en la calle El Tren, sector Las
Quinientas, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, con las colindancias
siguientes: Al Norte, Juan Ramón Alcántara Cortorreal; al Sur, la parcela 99 (resto);
al Este, calle y estancia infantil; y al Oeste, calle, propiedad de la señora YOMARIS
SALAZAR UREÑA.
10.
Dos (2) mejoras construidas en muros de madera (paredes), techo de zinc, piso de
cemento pulido, un (1) baño de uso común, una (1) habitación y una (1) sala, con
todas sus dependencias y anexidades, ubicada en la calle El Tren, sector Las
Quinientas, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, con las colindancias
siguientes: Al Norte, parcela 99 (resto); al Sur, parcela 99 (resto), propiedad de los
señores Juan Ramón Alcántara Cortorreal y Luis Demetrio Sánchez de la Cruz; al
Este: calle y estancia infantil; y al Oeste, calle, propiedad de los señores ISABEL
WILLIANS y DEMETRIO SÁNCHEZ DUARTE.
11.
Dos (2) mejoras construidas en muros de madera (paredes), techo de zinc, piso de
cemento pulido, un (1) baño de uso común, una (1) habitación y una (1) sala, con
todas sus dependencias y anexidades, ubicada en la calle El Tren, sector Las
Quinientas, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, con las colindancias
siguientes: Al Norte, propiedad del señor Demetrio Sánchez Duarte, Isabel Willians y
Luis Demetrio Sánchez de la Cruz; al Sur, propiedad de Juan Ramón Alcántara
Cortorreal; al Este, calle y estancia infantil; y al Oeste, calle, propiedad del señor
JUAN RAMÓN ALCÁNTARA CORTORREAL.
12.
Una porción de terreno con una extensión superficial de seis mil cien metros
cuadrados (6,100.00 m2) dentro del ámbito de la parcela núm. 5101 del Distrito
Catastral núm. 8, ubicada en el municipio y provincia Azua, amparada en el
Certificado de Título Matrícula núm. 0500033088, emitido a favor del señor LUIS
ERNESTO RAMÍREZ CIPRIÁN, por el Registrador de Títulos de Baní.
13.
Una porción de terreno con una extensión superficial de doce mil setecientos
cincuenta y cuatro punto veintisiete metros cuadrados (12,754.27 m2), dentro del
ámbito de la parcela núm. 4 del Distrito Catastral núm. 2, municipio y provincia Hato
Mayor, provista del Certificado de Título núm. 69-91, emitido a favor del INGENIO
CONSUELO.
14.
Una porción de terreno con una extensión superficial de dos mil setecientos sesenta y
siete punto cuarenta y siete metros cuadrados (2,767.47 m2) dentro del ámbito de la
parcela núm. 9 del Distrito Catastral núm. 19 del municipio Santo Domingo Norte,
provincia Santo Domingo, provista del Certificado de Título núm. 4000350464,
emitido a favor de la AZUCARERA HAINA, C. POR A., por el Registrador de
Títulos de Santo Domingo.
15.
Una porción de terreno con una extensión superficial de trescientos metros cuadrados
(300.00 m2) y su mejora, dentro del ámbito de la parcela núm. 10 del Distrito
Catastral núm. 31 del municipio Los Alcarrizos, provincia Santo Domingo, provista
del Certificado de Título núm. 4000361517, emitido a favor del INGENIO RÍO
HAINA, por el Registrador de Títulos de Santo Domingo.
16.
Una mejora consistente en una casa de un nivel, dedicada al uso residencial,
construida en blocks, ubicada dentro del ámbito de la parcela núm. 206-A-5-B-
Reformada del Distrito Catastral núm. 5 del Distrito Nacional, propiedad de la señora
BERNARDINA VÁSQUEZ HERNÁNDEZ.
17.
Una casa de un nivel, dedicada al uso residencial, con muros de blocks, techada de
hormigón armado, ubicada dentro del ámbito de la parcela núm. 206-A-5-B-
Reformada del Distrito Catastral núm. 5 del Distrito Nacional, propiedad del señor
CAMILO ALCÁNTARA.
18.
El inmueble identificado como la parcela núm. 105-C-8-C, Distrito Catastral núm. 04,
con una extensión superficial mil novecientos noventa y nueve punto cuarenta y
cinco metros cuadrados (1,999.45 m2), del Distrito Nacional, provisto del Certificado
de Título núm. 78-6589, emitido a favor del señor JOSÉ ABIGAIL RAMÍREZ
LORA, por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional.
19.
Una porción de terreno con una extensión superficial de cuatro mil quinientos metros
cuadrados (4,500.00 m2), ubicada dentro del ámbito del inmueble identificado con la
Designación Catastral núm. [cédula], Distrito Catastral núm. 5, del municipio
Jarabacoa, provincia La Vega, provista del Certificado de Título núm. 0300028915,
emitido a favor del señor RAMÓN MERILIO ABREU PIÑA, por el Registrador de
Títulos de La Vega.
ARTÍCULO 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de las
referidas porciones de terrenos, el Director General de Bienes Nacionales realizará todos
los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con
las leyes, para obtener la expropiación de las mismas.
PÁRRAFO I. Para facilitar la realización de acuerdos amigables, los propietarios de las
referidas porciones de terrenos deberán presentar los documentos probatorios del derecho
de propiedad al Departamento Jurídico del Ministerio de Educación.
PÁRRAFO II. Las porciones de terrenos declaradas de utilidad pública mediante el
presente decreto, serán pagadas con fondos provenientes del Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 3. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión de los
indicados inmuebles, a través del Ministerio de Educación, a fin de que puedan iniciarse de
inmediato las construcciones señaladas, luego de cumplidos los requisitos legales exigidos
por el artículo 13 de la Ley núm. 344, del 29 de julio de 1943, modificada por la Ley núm.
700, del 31 de julio de 1974.
ARTÍCULO 4. La entrada en posesión por el Estado dominicano de las mencionadas
porciones de terrenos será ejecutada por el Abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto
por la Ley núm. 486, del 10 de noviembre de 1964, que agrega el párrafo II al artículo 13
de la Ley núm. 344 del 29 de julio de 1943.
ARTÍCULO 5. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado,
a los registradores de títulos correspondientes y al Ministerio de Educación, para su
conocimiento y fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de mayo del año dos mil
dieciocho (2018), años 175 de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.