Texto de la norma
Dec. No. 221-18 que concede la condecoración de la Orden al Mérito Aéreo, en su
Segunda Categoría, con Distintivo Blanco, a varios oficiales superiores de la Fuerza
Aérea de República Dominicana y en su Tercera Categoría con Distintivo Blanco, al
Capitán Contador José Alberto Lorenzo, F.A.R.D. G. O. No. 10912 del 2 de julio de
2018.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 221-18
VISTA: La Ley núm. 3351, del 3 de agosto de 1952, que crea la Orden de Mérito Aéreo.
VISTO: El oficio núm.0903, del 7 de junio de 2018, del Mayor General, E.R.D., Pedro A.
Cáceres Chestaro, Asesor Militar Terrestre, Naval y Aéreo del Poder Ejecutivo.
VISTO: El oficio núm. 17993, del 6 de junio de 2018, del Teniente General, E.R.D.,
Rubén D. Paulino Sem, Ministro de Defensa, dirigido al Señor Presidente de la República.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede la condecoración de la Orden al Mérito Aéreo, en su Segunda
Categoría, con Distintivo Blanco, a los siguientes oficiales superiores de la Fuerza Aérea de
República Dominicana:
1. Coronel Piloto José Luis Rodríguez Rodríguez.
2. Coronel Piloto José A. Hernández Monegro.
3. Coronel Piloto Mao Enua Gómez Vásquez.
4. Coronel Piloto Ramón R. Espinal Campos.
5. Coronel Piloto Winston A. Cruz Sepúlveda.
6. Coronel Paracaidista Rubén A. Tiburcio Veloz.
7. Coronel Paracaidista Erys H. Tavárez Terrero.
8. Coronel Técnico-Adm. Jorge F. Molina Paulino.
9. Coronel Dentista Ramón H. Artiles Santamaria.
10. Coronel César E. Severino Santana.
11. Teniente Coronel Paracaidista Waren D. Vargas Pérez.
12. Teniente Coronel Abogada Belkys M. Morel de Oleo.
13. Teniente Coronel Licenciada Merc. Yndhira M. González Álvarez.
14. Mayor Esterlyng Suero García.
ARTÍCULO 2. Se concede la condecoración de la Orden al Mérito Aéreo, en su Tercera
Categoría, con Distintivo Blanco, al Capitán Contador José Alberto Lorenzo, F.A.R.D.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Defensa, para su conocimiento y fines
correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los quince (15) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018), años
175 de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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