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Dec. No. 148-18 que declara de utilidad pública e interés social la adquisición por
parte del Estado dominicano, de varias porciones de terrenos para ser utilizadas en la
construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 10909 del 23 de abril de 2018.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 148-18
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 625-12, del 10 de noviembre de 2012,
el Poder Ejecutivo creó el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al
Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) e integrado por las dependencias
relacionadas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, y por la Oficina de
Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE).
CONSIDERANDO: Que el Programa Nacional de Edificaciones Escolares se financiará
con fondos provenientes del Ministerio de Educación, y tendrá a su cargo la ejecución de
los planes de construcción de edificaciones que determine dicho ministerio.
VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del
29 de julio de 1943.
VISTO: El Decreto núm. 625-12, que crea el Programa Nacional de Edificaciones
Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), del 10 de
noviembre de 2012.
VISTO: El Decreto núm. 348-16, que dispone el traspaso al Ministerio de Obras Públicas y
Comunicaciones (MOPC) de las funciones encomendadas a la Oficina de Ingenieros
Supervisores de Obras del Estado mediante el Decreto núm. 625-12, que creó el Programa
Nacional de Edificaciones Escolares, del 2 de diciembre de 2016.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se declara de utilidad pública e interés social la adquisición, por parte del
Estado dominicano, de las porciones de terrenos que a continuación se indican, las cuales
serán utilizadas para construir edificaciones escolares:
1. La parcela núm. 210-B-5-SUB-839, Distrito Catastral núm. 32, con una extensión
superficial de mil metros cuadrados (1,000.00 m2), ubicada en el municipio Boca Chica,
provincia Santo Domingo, amparada en el Certificado de Título Matrícula núm.
3000259100, emitido a favor de la señora YGNACIA BRÍGIDA GONZÁLEZ, por el
Registrador de Títulos de Santo Domingo.
2. Una porción de terreno con una extensión superficial de nueve mil cuatrocientos
noventa y nueve punto ochenta y nueve metros cuadrados (9,499.89 m2), dentro del
ámbito de la parcela núm. 825, del Distrito Catastral núm. 2, ubicado en el municipio
Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, provisto de la Constancia Anotada en el
Certificado de Título Matrícula núm. 61-75, emitido a favor de los señores NELSÓN
CORTORREAL MARTÍNEZ e IDALIA MARTÍNEZ MARTÍNEZ, por el Registrador
de Títulos de María Trinidad Sánchez.
3. Una porción de terreno dentro de la parcela núm. 185-152, con una extensión
superficial de quinientos metros cuadrados (500.00 m2), Distrito Catastral núm. 06,
ubicada en el municipio y provincia Santo Domingo, amparada en la Constancia
Anotada del Certificado de Título Matrícula núm. 3000212104, emitido a favor de la
entidad comercial TORNILLOS Y MATERIALES INDUSTRIALES, S.R.L.,
(TORNICA), por el Registrador de Títulos de Santo Domingo.
4. Una porción de terreno dentro de la parcela núm. 185-152, con una extensión
superficial de dos mil metros cuadrados (2,000.00 m2), Distrito Catastral núm. 06,
ubicada en el municipio y provincia Santo Domingo, amparada en la Constancia
Anotada del Certificado de Título Matrícula núm. 3000211976, emitido a favor de la
señora ADRIANA MARÍA MONTERO Y MONTERO DE DE LEMOS, por el
Registrador de Títulos de Santo Domingo.
5. Una mejora consistente en una casa de blocks, techada en zinc, dedicada al uso
residencial, ubicada en Santo Domingo, Distrito Nacional, con las colindancias
siguientes: Al Norte, callejón; al Este, una mejora propiedad de la Sra. Santa Eduvige
Mateo; al Oeste, Destacamento P.N.; y al Sur, mejora propiedad de la Sra. Saturnina
Valenzuela Pérez, propiedad de la señora OLGA CELENIA FAMILIA MERAN.
6. Una mejora con una extensión superficial de cuarenta y dos punto ochenta metros
cuadrados (42.80 m2), consistente en una casa construida de madera con techo en zinc,
demás anexidades y dependencias dedicada al uso residencial, ubicada en la calle El
Túnel, del sector Capotillo, Santo Domingo, Distrito Nacional, con las siguientes
colindancias: Al Norte, parcela 206-A-5-B-REF (resto) del D.C.5; al Sur, una mejora
propiedad de la señora María López Suero; al Este, un mejora propiedad de la señora
Saturnina Valenzuela Pérez; y al Oeste, parcela 206-A-5-B-REF (resto) del D.C.5.,
propiedad del señor CRISTOBAL SÁNCHEZ.
7. Una porción de terreno con una extensión superficial de mil trescientos noventa y ocho
punto diecisiete metros cuadrados (1,398.17 m2), ubicada en la parcela núm.
[cédula], de la provincia Monseñor Nouel, provista del Certificado de Título
Matrícula núm. 0700041020, emitido a favor de los señores FAUSTO JOSÉ DE JESÚS
CASTILLO y SANTA MARÍA CARDENA FERNÁNDEZ, por el Registrador de
Títulos de Monseñor Nouel.
8. Una porción de terreno con una extensión superficial de seis mil novecientos ochenta y
nueve punto noventa y dos metros cuadrados (6,989.92 m²), dentro del ámbito de la
parcela 53-K, del Distrito Catastral núm. 04, ubicada en el Distrito Nacional, amparada
en el Certificado de Título Matrícula núm. 0100264027, emitido a favor LA
COMPAÑÍA ANTONIO CASTILLO, C. por A., por el Registrador de Títulos de Santo
Domingo.
9. 1) Una porción de terreno con una extensión superficial ciento treinta y cinco punto
treinta y dos metros cuadrados (135.32 m2), dentro del ámbito de la parcela núm. 847
del Distrito Catastral 6 del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago,
provista de la Constancia Anotada en el Certificado de Título Matrícula núm.
0200029378, emitido a favor de la señora NILDA IVELISSE SANTANA, por el
Registrador de Títulos de Santiago; 2)Una porción de terreno con una extensión
superficial de mil doscientos noventa y cinco punto cero siete metros cuadrados
(1,295.07 m2), dentro del ámbito de la parcela núm. 847 del Distrito Catastral 6 del
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, provista de la Constancia
Anotada en el Certificado de Título Matrícula núm. 0200164069, emitido a favor de la
señora DEIDANIA ASUNCIÓN MELO CRUZ, por el Registrador de Títulos de
Santiago; 3) La parcela núm. [cédula], con una extensión superficial de
quinientos treinta y cinco punto cincuenta metros cuadrados (535.50 m2), ubicada en el
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, provista del Certificado de
Título Matrícula núm. 0200146789, emitido a favor del señor VÍCTOR VALDEMAR
SUÁREZ DÍAZ, por el Registrador de Títulos de Santiago; 4) La parcela núm.
[cédula], con una extensión superficial de trescientos veintitrés punto diez metros
cuadrados (323.10 m2), ubicada en el municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, provista del Certificado de Título Matrícula núm. 0200146802, emitido a
favor del señor VÍCTOR VALDEMAR SUÁREZ DÍAZ por el Registrador de Títulos
de Santiago; 5) La parcela núm. [cédula], con una extensión superficial de
trescientos cincuenta y un punto cero cuatro metros cuadrados (351.04 m2), ubicada en
el municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, provista del Certificado de
Título Matrícula núm. 0200146803, emitido a favor del señor VÍCTOR VALDEMAR
SUÁREZ DÍAZ, por el Registrador de Títulos de Santiago; 6) La parcela núm.
[cédula], con una extensión superficial de cuatrocientos nueve punto setenta y
cinco metros cuadrados (409.75 m2), ubicada en el municipio Santiago de los
Caballeros, provincia Santiago, provista del Certificado de Título Matrícula núm.
0200146798, emitida a favor del señor VÍCTOR VALDEMAR SUÁREZ DÍAZ, por el
Registrador de Títulos de Santiago; 7) La parcela núm. [cédula], con una
extensión superficial de cuatrocientos diecisiete punto setenta y dos metros cuadrados
(417.72 m2), ubicada en el municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago,
provista del Certificado de Título Matrícula núm. 0200146795, emitido a favor del
señor VÍCTOR VALDEMAR SUÁREZ DÍAZ, por el Registrador de Títulos de
Santiago; 8) La parcela núm. [cédula], con una extensión superficial de
cuatrocientos dieciocho punto dieciséis metros cuadrados (418.16 m2), ubicada en el
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, provista del Certificado de
Título Matrícula núm. 0200146794, emitido a favor del señor VÍCTOR VALDEMAR
SUÁREZ DÍAZ, por el Registrador de Títulos de Santiago; 9) La parcela núm.
[cédula], con una extensión superficial de cuatrocientos dieciocho punto doce
metros cuadrados (418.12 m2), ubicada en el municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, provista del Certificado de Título Matrícula núm. 0200146793,
emitida a favor del señor VÍCTOR VALDEMAR SUÁREZ DÍAZ, por el Registrador
de Títulos de Santiago; 10) La parcela núm. [cédula], con una extensión
superficial de cuatrocientos cincuenta y cinco punto setenta y nueve metros cuadrados
(455.79 m2), ubicada en el municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago,
provista del Certificado de Título Matrícula núm. 0200146792, emitido a favor del
señor VÍCTOR VALDEMAR SUÁREZ DÍAZ, por el Registrador de Títulos de
Santiago; 11) La parcela núm. [cédula], con una extensión superficial de
cuatrocientos diecisiete punto dieciocho metros cuadrados (417.18 m2), ubicada en el
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, provista del Certificado de
Título Matrícula núm. 0200146796, emitido a favor del señor VÍCTOR VALDEMAR
SUÁREZ DÍAZ, por el Registrador de Títulos de Santiago; 12) La parcela núm.
[cédula], con una extensión superficial de cuatrocientos cincuenta y seis punto
setenta y dos metros cuadrados (456.72 m2), ubicada en el municipio Santiago de los
Caballeros, provincia Santiago, provista del Certificado de Título Matrícula núm.
0200146791, emitida a favor del señor VÍCTOR VALDEMAR SUÁREZ DÍAZ, por el
Registrador de Títulos de Santiago; 13) La parcela núm. [cédula], con una
extensión superficial de trescientos treinta y cinco punto veintiún metros cuadrados
(335.21 m2), ubicada en el municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago,
provista del Certificado de Título Matrícula núm. 0200146801, emitido a favor del
señor VÍCTOR VALDEMAR SUÁREZ DÍAZ, por el Registrador de Títulos de
Santiago; 14) La parcela núm. [cédula], con una extensión superficial de
cuatrocientos sesenta y uno punto ochenta y cinco metros cuadrados (461.85 m2),
ubicada en el municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, provista del
Certificado de Título Matrícula núm. 0200146790, emitido a favor del señor VÍCTOR
VALDEMAR SUÁREZ DÍAZ por el Registrador de Títulos de Santiago; 15) La
parcela núm. [cédula], con una extensión superficial de cuatrocientos ocho punto
trece metros cuadrados (408.13 m2), ubicada en el municipio Santiago de los
Caballeros, provincia Santiago, provista del Certificado de Título Matrícula núm.
0200146799, emitida a favor del señor VÍCTOR VALDEMAR SUÁREZ DÍAZ por el
Registrador de Títulos de Santiago; 16) La parcela núm. [cédula], con una
extensión superficial de cuatrocientos trece punto cuarenta y tres metros cuadrados
(413.43 m2), ubicada en el municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago,
provista del Certificado de Título Matrícula núm. 0200146800, emitido a favor del
señor VÍCTOR VALDEMAR SUÁREZ DÍAZ, por el Registrador de Títulos de
Santiago; 17) La parcela núm. [cédula], con una extensión superficial de
cuatrocientos ochenta y nueve punto setenta y dos metros cuadrados (489.72 m2),
ubicada en el municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, provista del
Certificado de Título Matrícula núm. 0200146804, emitido a favor del señor VÍCTOR
VALDEMAR SUÁREZ DÍAZ, por el Registrador de Títulos de Santiago; 18) La
parcela núm. [cédula], con una extensión superficial de cuatrocientos nueve
punto ochenta y cuatro metros cuadrados (409.84 m2), ubicada en el municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, provista del Certificado de Título Matrícula núm.
0200146797, emitida a favor del señor VÍCTOR VALDEMAR SUÁREZ DÍAZ, por el
Registrador de Títulos de Santiago.
10. Una porción de terreno con una extensión superficial de seis mil novecientos sesenta y
tres punto trece metros cuadrados (6,963.13m2), ubicada en la sección Magueyal,
distrito municipal Las Yayas de Viajama, provincia Azua, con los colindantes
siguientes: Al Norte, carretera Sánchez y escuela existente y terreno no registrado; al
Este, terreno no registrado; al Sur, terreno no registrado; al Oeste, camino, propiedad de
los señores SANTIAGO MONTERO FELIZ y ALTAGRACIA INES SILVERIO
RAMÍREZ.
11. Una porción de terreno con una extensión superficial de quinientos metros cuadrados
(500.00 m2), dentro de la parcela núm. 185-153, Distrito Catastral núm. 06 del
municipio y provincia Santo Domingo, amparada en la Constancia Anotada del
Certificado de Título Matrícula núm. 3000211972, emitido a favor de la entidad
comercial TORNILLOS Y MATERIALES INDUSTRIALES, S.R.L., (TORNICA), por
el Registrador de Títulos de Santo Domingo.
12. La parcela [cédula], con una extensión superficial de cuatro mil ochocientos
dieciocho punto ochenta y ocho metros cuadrados (4,818.88 m2), ubicada en Gaspar
Hernández, provincia Espaillat, amparada en el Certificado de Título Matrícula núm.
1100051145, emitido
a favor de los señores JUSTO MANUEL VÁSQUEZ
RODRÍGUEZ, LOURDES BIENVENIDA VÁSQUEZ HENRÍQUEZ, ALBA NOEMÍ
VÁSQUEZ HENRÍQUEZ, JULIA BIENVENIDA VÁSQUEZ DE CID, MILDRES
ALTAGRACIA VÁSQUEZ RODRÍGUEZ Y JULIO CÉSAR VÁSQUEZ ALMONTE,
por el Registrador de Títulos de Moca.
13. Una casa de concreto, techo en zinc, dedicada para el uso residencial, ubicada en la
calle 42, núm. 108, El Túnel, sector Capotillo, con todas sus dependencias y
anexidades, con las colindancias siguientes: Al Norte, una mejora propiedad de la Sra.
Bernardina Vásquez Hernández; al Sur, una mejora propiedad de la Sra. Ysabel
Bautista; al Este, una mejora propiedad del Sr. Camilo Alcántara; y al Oeste, mejora
propiedad de la Sra. Saturnina Valenzuela, propiedad del señor PAUL VARGAS
TEJADA.
14. Una casa de block, techada de zinc, ubicada en la calle El Túnel, núm. 3, sector
Capotillo, con todas sus dependencias y anexidades, dedicada para el uso residencial,
con las colindancias siguientes: Al Norte, Una mejora propiedad del Sr. Virgilio
Moreta; al Sur, una mejora propiedad del Sr. Ciriaco Paredes Fernández; al Este, una
mejora propiedad del Sr. Camilo Alcántara; y al Oeste, una mejora propiedad de la Sra.
Bernardina Vásquez Hernandez, propiedad de la señora YSABEL BAUTISTA
HERNÁNDEZ.
15. Una porción de terreno de dos mil metros cuadrados (2,000.00 m2), dentro de la parcela
núm. 185-153, Distrito Catastral núm. 06 del municipio y provincia Santo Domingo,
amparada en la Constancia Anotada del Certificado de Título Matrícula núm.
3000211965, emitido a favor de los señores LESBIA MARÍA MONTERO MONTERO
DE RAMÍREZ y VÍCTOR NAUDIO RAMÍREZ MONTERO, por el Registrador de
Títulos de Santo Domingo.
16. Una casa de blocks con techo de zinc, dedicada al uso residencial, demás anexidades y
dependencias, ubicada en la calle El Túnel, del sector Capotillo, Santo Domingo,
Distrito Nacional, con las colindancias siguientes: Al Norte, parcela 206-A-5-B-REF
(Resto) del Distrito Catastral Núm. 5 y Centro Educativo El Túnel; al Sur, una mejora
propiedad del señor Ciriaco Paredes; al Este, parcela 206-A-5-B-REF (Resto) del
Distrito Catastral núm. 5; y al Oeste, una mejora propiedad del señor Camilo Alcántara,
propiedad de los señores SANTO MATEO TAVERAS y CAROLINA JIMÉNEZ.
17. Una porción de terreno con una extensión superficial de siete mil doscientos metros
cuadrados (7,200.00 m2), dentro de la parcela núm. 10 (parte) del Distrito Catastral
núm. 31, en el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, amparada
en el Certificado de Título Matrícula núm. 63-1033, emitido a favor de AZUCARERA
HAINA, C. POR. A., por el Registrador de Títulos de Santo Domingo.
ARTÍCULO 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de las
referidas porciones de terrenos, el Director General de Bienes Nacionales realizará todos
los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con
las leyes, para obtener la expropiación de las mismas.
PÁRRAFO I. Para facilitar la realización de acuerdos amigables, los propietarios de las
referidas porciones de terrenos deberán presentar los documentos probatorios del derecho
de propiedad al Departamento Jurídico del Ministerio de Educación.
PÁRRAFO II. Las porciones de terrenos declaradas de utilidad pública mediante el
presente decreto, serán pagadas con fondos provenientes del Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 3. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión de los
indicados inmuebles, a través del Ministerio de Educación, a fin de que se puedan iniciar de
inmediato las construcciones señaladas, luego de cumplidos los requisitos legales exigidos
por el artículo 13 de la Ley núm. 344 del 29 de julio de 1943, modificada por la Ley núm.
700, del 31 de julio de 1974.
ARTÍCULO 4. La entrada en posesión por el Estado dominicano de las mencionadas
porciones de terrenos será ejecutada por el Abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto
por la Ley núm. 486, del 10 de noviembre de 1964, que agrega el párrafo II al artículo 13
de la Ley núm. 344 del 29 de julio de 1943.
ARTÍCULO 5. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado,
a los registradores de títulos correspondientes y al Ministerio de Educación, para su
conocimiento y fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de abril del año dos mil dieciocho
(2018), años 175 de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.