jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 19-18

que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado dominicano a varios servidores públicos

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 ene de 2018fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10903Gaceta Oficial del 15 ene de 2018
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
René Gómez MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Mostrar el texto (12,060 caracteres)
Dec. No. 19-18 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado dominicano a varios servidores públicos. G. O. No. 10903 del 15 de enero de 2018. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 19-18 VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre de 1981. VISTOS: Los oficios números 1347, 1476, 1477, 1478, 1479, 1725, 1756, 1762, 1763, 1886, 2024, 2025, 2039, 2040, 2138, 2209, 2211, 2212, 2213, 2316, 2357, 2358, 2563, 2564, y 3024, del 24 de abril; del 11 de mayo; del 1, 2, 5, 13, 23 y 26 de junio; del 5, 12, 18, y 24 de julio; del 1 y 11 de agosto y del 15 de septiembre de 2017, respectivamente, dirigidos al Presidente de la República por el Director de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado dominicano, a las siguientes personas: 1. René Gómez Medina, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$35,000.00) mensuales. 2. Brunilda Antonia Acosta Acosta, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales. 3. Nel Milena Polanco D de Medrano, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cuarenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales. 4. Carmen Marinerva Santos Minaya, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta y cinco mil trescientos veinte y dos pesos dominicanos con 00/100 (RD$35,322.00) mensuales. 5. Aura Rudecindo Santana de Metivier, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$35,000.00) mensuales. 6. Adela Aracena Rodríguez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales. 7. Digna Emérita Pérez de Disla, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales. 8. Gladys Santiago Pérez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales. 9. Alcibíades Tavárez de la Cruz, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cincuenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$50,000.00) mensuales. 10. Eusebia Fabián Galán, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$35,000.00) mensuales. 11. Rosa Margarita Villar Díaz de Cuello, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de veinticuatro mil treinta y dos pesos dominicanos con 71/100 (RD$24,032.71) mensuales. 12. Juan Ramón Escanio Berroa, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales. 13. Bienvenido Antonio Fernández Leclerc, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales. 14. Juan Francisco Jiménez Aquino, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales. 15. Danilo Adolfo Rojas Rivero, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales. 16. Belén Antonia Evertsz Espaillat de Peña, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cincuenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cuatro pesos dominicanos con 00/100 (RD$54,454.00) mensuales. 17. Marino Ramírez Grullón, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cincuenta y tres mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$53,000.00) mensuales. 18. José Martínez Hidalgo, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales. 19. Víctor Rafael Ruiz Guigni, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales. 20. Enmanuel Martín Peralta Espinal, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales. 21. Ana Socorro Vidal Fernández de Placencio, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cuarenta y cuatro mil setenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$44,070.00) mensuales. 22. Margarita Batista Román, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de sesenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$60,000.00) mensuales. 23. Demetrio Medina Guerrero, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de diez mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 24. Vicente Cruz Guerrero, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de diez mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 25. Alfonso Cruz Guerrero, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de diez mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 26. Nelsi Altagracia Polanco, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de diez mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 27. Nadia Adalgisa Mercedes Ventura Bernal, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de diez mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 28. María Altagracia Belliard Acosta, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales. ARTÍCULO 2. Se elevan las pensiones asignadas por el Estado dominicano a las siguientes personas: 1. A la suma de cincuenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$50,000.00) mensuales a favor de Ana Antonia García Conse, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 2. A la suma de veinticinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales a favor de Gumercindo Calderón Peguero, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 3. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de Juana F. Socorro Cabrera García de Cabrera, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 4. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de Argentina Rosa Vélez Espinal de Orsini, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 5. A la suma de veinticinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales a favor de Natalia García Suárez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 6. A la suma de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales a favor de Wilver Moisés Santos Carbuccia, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 7. A la suma de veinticinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales a favor de Luz Mercedes Hernández Reinoso, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 8. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de José Florentino Florencio Jiménez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 9. A la suma de cuarenta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$45,000.00) mensuales a favor de Altagracia Méndez Espinal, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 10. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de Darío Rodríguez Demorizi, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 11. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de Raúl Mejía Villar, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 12. A la suma de treinta y seis mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$36,000.00) mensuales, a favor de Mirna Teresita Antonia Frías Contreras, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 13. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de Cecilia Ramírez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 14. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de Eladia Victoria Rodríguez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 15. A la suma de cuarenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales a favor de Hugo Salvador Mora Contreras, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 16. A la suma de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales a favor de Pura Mercedes Romero Portuondo de Vásquez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 17. A la suma de noventa mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$90,000.00) mensuales a favor de George Wassaf Koury Minaya, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 18. A la suma de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales a favor de Ana Angélica Susana Gómez Buret, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 19. A la suma de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales a favor de Tomás de Jesús Ramos Abreu, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 20. A la suma de noventa mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$90,000.00) mensuales a favor de Federico del Rosario Núñez Contreras, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 21. A la suma de veinte y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales a favor de Ramón Santiago de Windt, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 22. A la suma de veinte mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales a favor de Francisco Audón Manuel Mateo Ramírez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 23. A la suma de veinte mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales a favor de Olnida Medina de la Rosa, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 24. A la suma de treinta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$35,000.00) mensuales a favor de Ludovina Robles Morillo, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 25. A la suma quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de Rosa Melba Susana, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 26. A la suma treinta y ocho mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$38,000.00) mensuales a favor de Manuela Aracelis de Jesús Quezada Peña, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 27. A la suma veintidós mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$22,000.00) mensuales a favor de Carlos Rojas Acosta, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 28. A la suma quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$38,000.00) mensuales a favor de Luis Antonio Damián, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 29. A la suma veintitrés mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$23,000.00) mensuales a favor de Bienvenida Alt de los Ángeles Rojas Veras, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. ARTÍCULO 3. El presente beneficio no será válido para las personas que se encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado, y de ser así, el/la beneficiario/beneficiaria podrá optar por la pensión que más le favorezca. ARTÍCULO 4. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serán ejecutadas, a cargo del Estado, por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses contados a partir de la fecha de expedición del presente decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones públicas en la Ley núm. 41-08, sobre Función Pública, en los casos que aplique. ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Hacienda para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018); años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.