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Decreto

Decreto 15-18

que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado dominicano, por antigüedad en el servicio, a varios servidores públicos

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 ene de 2018fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10903Gaceta Oficial del 15 ene de 2018
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Abraham MartínezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Matías Rosario EncarnaciónEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 15-18 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado dominicano, por antigüedad en el servicio, a varios servidores públicos. G. O. No. 10903 del 15 de enero de 2018. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 15-18 VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre de 1981. VISTOS: Los oficios números 6286 y 6288, del 11 de septiembre de 2017, dirigidos al presidente de la República por el Ministro de Hacienda, donde solicita las pensiones por antigüedad en el servicio y discapacidad de varios servidores públicos. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado dominicano por antigüedad en el servicio a los siguientes servidores públicos: 1. Abraham Martínez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 2. Alejandro Heredia Payano, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de veintitrés mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$23,000.00) mensuales. 3. Alicia Marina Darley Simón de Rivera, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 4. Ángel Rosendo Beras Reyes, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 5. Bernarda Altagracia Cabrera de Gracesqui, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 6. Carlos Tomás Alejandro Cocco Rodríguez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 7. Cecilia Valdez Mercedes, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 8. César Alejandro Núñez Rodríguez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 9. Dilcia de los Milagros Álvarez de Rodríguez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de nueve mil setecientos dos pesos dominicanos con 01/100 (RD$9,702.01) mensuales. 10. Dionisia Reyes Silvestre, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 11. Ercilia Mercedes Peña Peña, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 12. Fernando Arturo Jovine Caminero, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 13. Francisco Milagros Báez Santiago, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 14. Gladys Ciricia Burgos Hernández, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de nueve mil novecientos cuarenta y ocho pesos dominicanos con 56/100 (RD$9,948.56) mensuales. 15. Guillermo Rodríguez Silvestre, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil cuatrocientos cincuenta y tres pesos dominicanos con 34/100 (RD$5,453.34) mensuales. 16. Héctor Meride de la Rosa Fernández, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil setecientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$5,700.00) mensuales. 17. Jesús María Ramírez Díaz, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de nueve mil trescientos sesenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$9,360.00) mensuales. 18. Jorge Napoleón Medina Morel, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de siete mil ciento dieciocho pesos dominicanos con 22/100 (RD$7,118.22) mensuales. 19. Jose Ramón de Óleo de Óleo, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de treinta y siete mil cuatrocientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$37,440.00) mensuales. 20. Juan Vallejo Hernández, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 21. Juan Alberto Hernández, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 22. Juana Dolores de Jesús Decena, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de diez mil ciento noventa y dos pesos dominicanos con 62/100 (RD$10,192.62) mensuales. 23. Julio Escoto de Jesús, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 24. Luis Luis Heredia, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 25. Luis Federico Cruz María, cédula de identidad y electoral núm. [cédula] por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 26. Luis Ramón Morín Espaillat, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 27. Manuel Cuevas Peña, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 28. Manuel de los Santos Bello, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de diecisiete mil doscientos noventa y ocho pesos dominicanos con 30/100 (RD$17,298.30) mensuales. 29. Manuel Enrique Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 30. Manuel Rafael Veras Martínez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cuarenta mil doscientos setenta y cuatro pesos dominicanos con 31/100 (RD$40,274.31) mensuales. 31. Marcos Carreño, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de dieciséis mil cuatrocientos treinta y dos pesos dominicanos con 86/100 (RD$16,432.86) mensuales. 32. María Luisa Perdomo Pérez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de veintinueve mil quinientos setenta y nueve pesos dominicanos con 86/100 (RD$29,579.86) mensuales. 33. Mercedes Ortega, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 34. Mirna Sánchez Gómez de Vélez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 35. Nelva Rosa Pérez Féliz, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de seis mil setecientos veintidós pesos dominicanos con 88/100 (RD$6,722.88) mensuales. 36. Nicolás de los Santos, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 37. Patria Mercedes Rivas, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 38. Pedro Juan Candelario, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil novecientos cuarenta y tres pesos dominicanos con 00/100 (RD$5,943.00) mensuales. 39. Quirico Noba Herrera, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento veinticuatro pesos dominicanos con 94/100 (RD$5,124.94) mensuales. 40. Rafael Montes de Oca de Jesús, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de dieciocho mil quinientos sesenta y nueve pesos dominicanos con 44/100 (RD$18,569.44) mensuales. 41. Rafael Milton Ogando Adames, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de veintiséis mil doscientos setenta y seis pesos dominicanos con 64/100 (RD$26,276.64) mensuales. 42. Ramón Antonio Báez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 43. Rodolfo Lebreault Ramírez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 44. Roque García Astacio, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 45. Santos Castro, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 46. Serafín Ramírez Dirosie, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 47. Yvelisse Guerrero Prats Ramírez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de nueve mil ochocientos treinta y un pesos dominicanos con 83/100 (RD$9,831.83) mensuales. ARTÍCULO 2. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado dominicano, por discapacidad, al señor Matías Rosario Encarnación, cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. ARTÍCULO 3. El presente beneficio no será válido para las personas que se encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado, y de ser así, el/la beneficiario/beneficiaria podrá optar por la pensión que más le favorezca. ARTÍCULO 4. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serán ejecutadas, a cargo del Estado, por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses contados a partir de la fecha de expedición del presente decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones públicas en la Ley núm. 41-08, sobre Función Pública, en los casos que aplique. ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018); años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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