Texto de la norma
Dec. No. 7-18 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O.
No. 10902 del 10 de enero de 2018.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 7-18
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para
cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de
julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro
del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal
sentido por los interesados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1. La Sra. Susana Antonia Quezada, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de TERESA QUEZADA.
Artículo 2. El Sr. Justo Martín Amílcar Fernández Terrero, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de MARTÍN ALFREDO FERNÁNDEZ TERRERO.
Artículo 3. La Sra. Eugenia Pérez Ledesma, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de MARÍA EUGENIA PÉREZ LEDESMA.
Artículo 4. El Sr. Secundino Rosario Belgar, queda autorizado a cambiar su nombre por el
de GREGORIO DE BÁNICA ROSARIO BELGAR.
Artículo 5. La Sra. Wendy Leopoldina Nova Espinal, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de WENDY LINA NOVA ESPINAL.
Artículo 6. La Sra. Miguelina Polanco, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
MARÍA POLANCO.
Artículo 7. La Sra. Simona Berenice Belliard del Rosario, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de BERENICE BELLIARD DEL ROSARIO.
Artículo 8. El Sr. Franklin Salvador Acosta Reyes, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de SIGFRIDO ACOSTA REYES.
Artículo 9. El Sr. Ricardo Antonio de Jesús Campusano Pérez, queda autorizado a cambiar
su nombre por el de RICARDO CAMPUSANO PÉREZ.
Artículo 10. El Sr. Anicacio Luis José Mora, queda autorizado a cambiar su nombre por el
de AMÉRICO LUIS JOSÉ MORA.
Artículo 11. El Sr. Cleto León Morales, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
RAMÓN LEÓN MORALES.
Artículo 12. La Sra. Ángela Mateo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
URBANA MATEO.
Artículo 13. La Sra. Anaire Sacarías Ramos Mercedes, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de IRIS MARÍA RAMOS MERCEDES.
Artículo 14. El Sr. Marino Esteban de Js. Ortiz Almonte, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de MARINO ESTEBAN ORTIZ ALMONTE.
Artículo 15. Se deroga el artículo 5 del Decreto núm. 336-17, del 12 de septiembre de
2017.
Artículo 16. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los cinco (5) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018); años
174 de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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