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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 7-18

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A REALIZAR CAMBIOS EN SUS NOMBRES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 ene de 2018fecha
Otrostipo
G. O. 10902Gaceta Oficial del 10 ene de 2018
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 7-18 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10902 del 10 de enero de 2018. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 7-18 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones. CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: Artículo 1. La Sra. Susana Antonia Quezada, queda autorizada a cambiar su nombre por el de TERESA QUEZADA. Artículo 2. El Sr. Justo Martín Amílcar Fernández Terrero, queda autorizado a cambiar su nombre por el de MARTÍN ALFREDO FERNÁNDEZ TERRERO. Artículo 3. La Sra. Eugenia Pérez Ledesma, queda autorizada a cambiar su nombre por el de MARÍA EUGENIA PÉREZ LEDESMA. Artículo 4. El Sr. Secundino Rosario Belgar, queda autorizado a cambiar su nombre por el de GREGORIO DE BÁNICA ROSARIO BELGAR. Artículo 5. La Sra. Wendy Leopoldina Nova Espinal, queda autorizada a cambiar su nombre por el de WENDY LINA NOVA ESPINAL. Artículo 6. La Sra. Miguelina Polanco, queda autorizada a cambiar su nombre por el de MARÍA POLANCO. Artículo 7. La Sra. Simona Berenice Belliard del Rosario, queda autorizada a cambiar su nombre por el de BERENICE BELLIARD DEL ROSARIO. Artículo 8. El Sr. Franklin Salvador Acosta Reyes, queda autorizado a cambiar su nombre por el de SIGFRIDO ACOSTA REYES. Artículo 9. El Sr. Ricardo Antonio de Jesús Campusano Pérez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de RICARDO CAMPUSANO PÉREZ. Artículo 10. El Sr. Anicacio Luis José Mora, queda autorizado a cambiar su nombre por el de AMÉRICO LUIS JOSÉ MORA. Artículo 11. El Sr. Cleto León Morales, queda autorizado a cambiar su nombre por el de RAMÓN LEÓN MORALES. Artículo 12. La Sra. Ángela Mateo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de URBANA MATEO. Artículo 13. La Sra. Anaire Sacarías Ramos Mercedes, queda autorizada a cambiar su nombre por el de IRIS MARÍA RAMOS MERCEDES. Artículo 14. El Sr. Marino Esteban de Js. Ortiz Almonte, queda autorizado a cambiar su nombre por el de MARINO ESTEBAN ORTIZ ALMONTE. Artículo 15. Se deroga el artículo 5 del Decreto núm. 336-17, del 12 de septiembre de 2017. Artículo 16. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018); años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona